Una sentencia anula el acuerdo de cierre de Naval Gijón y obliga a indemnizar a la CSI por su exclusión

Actualizado: viernes, 6 marzo 2009 19:08

GIJÓN, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Social número 1 de Gijón ha estimado la demanda interpuesta por la Corriente Sindical de Izquierdas (CSI) por vulnerar sus derechos de libertad sindical al ser excluido "deliberadamente" de las negociaciones previas al acuerdo alcanzado el pasado 5 de diciembre para el cierre de Naval Gijón.

La sentencia anula el acuerdo y obliga a Federación Minerometalúrgica de CCOO, Federación del Metal, Construcción y Afines (UGT), Naval Gijón y el Comité de Empresa, la Consejería de Industria y Pymar a pagar una indemnización a CSI de 30.050 euros. Fuentes de CSI señalaron a Europa Press que contra esta sentencia cabe un recurso de suplicación, aunque si el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratifica este fallo tras el cierre del astillero, podría haber responsabilidades "incluso penales".

Es más, tendría que volver a negociarse todo el expediente de regulación de empleo. Pese a ello, el proceso de cierre no se paraliza hasta que el fallo no sea firme. El sindicato ya había ganado dos juicios, también por vulneración de derechos sindicales. De hecho, este lunes recibirán los 9.000 euros de indemnización del segundo de ellos, mientras que en el primero cobraron 6.000 euros.

El tribunal entiende que la cantidad ahora solicitada por daños morales, 30.050 euros -el doble de la suma de las dos sentencias anteriores--, es "proporcionada a la gravedad de los hechos". Según la sentencia, "la contumacia de los demandados lesiona, más si cabe, de una forma más dolorosa, al sindicato demandante produciendo una sensación de impotencia clara al desoírse anteriores mandatos judiciales, a lo que hay que añadir el crucial momento histórico en el que se encuentra la empresa demandada".

A este respecto, el magistrado considera que es la negociación "más importante" en la que se haya visto envuelta la representación de CSI en la empresa, al tratarse del cierre del astillero.

El fallo destaca que la CSI fue "deliberadamente excluida" de los acuerdos del 5 de diciembre de 2008 y remarca el precedente de las dos sentencias anteriores, por lo que tilda de "obscena" esta nueva actuación.

Asimismo, pese a que la Fiscalía pretendía que se excluyera de la condena a la Consejería de Industria, el magistrado entiende, de las declaraciones de los testigos sindicales, que sí formó parte de la vulneración de derechos al reconocer en el juicio el representante de UGT que tuvieron reuniones con esta institución.

De hecho, el magistrado considera los hechos probados basándose "exclusivamente" en la documental, entre la que se incluyen diversos artículos periodísticos, a excepción de la declaración del representante de UGT, José Ignacio Gómez García.