La sentencia del TC reconoce que el uso del asturiano en la Junta es "especialmente adecuado" para darle visibilidad

Archivo - Pleno sobre presupuestos
Archivo - Pleno sobre presupuestos - TWITTER DE GPS ASTURIAS - Archivo
Publicado: jueves, 25 marzo 2021 18:25

OVIEDO, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el reglamento de la Junta General recoge que el uso del asturiano en sede parlamentaria es "especialmente adecuado" ya que "garantiza y visibiliza esta realidad lingüística plural".

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de
inconstitucionalidad presentado por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Vox contra el Reglamento de la Junta General, por lo que avala el uso de la lengua asturiana en la Junta General.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón y a la que ha tenido acceso Europa Press, establece que el reglamento "no reconoce ni a la Administración autonómica, ni a los entes locales, ni a los órganos dependientes de la Administración central, porque sólo queda circunscrito al ámbito de la propia Cámara autonómica".

"Lo que permite es la utilización de la lengua propia tanto por los diputados en el ejercicio de sus funciones parlamentarias como por los miembros del Consejo de Gobierno, los cargos y empleados o cualquier persona que comparezca ante la Cámara autonómica", indica el texto, que añade que la falta de oficialidad no excluye la posibilidad de "tutelar" esta "realidad lingüística" en el parlamento.

En ese sentido, señala que medidas de protección y promoción como su uso en la Junta General es "especialmente adecuado" para "que se garantice y visibilice aquella realidad lingüística plural" y no supone los efectos propios de la oficialidad sino que "únicamente reconoce determinados efectos en el seno de la institución parlamentaria autonómica". Además, establece que ese uso en sede parlamentaria está amparado por la Carta Europea de las lenguas regionales o minoritarias.

La sentencia cuenta con el voto particular de la magistrada Encarnación Roca, que considera que el asturiano no es lengua oficial y que es el Estatuto el que puede convertir una lengua propia "en
medio normal de comunicación en y entre los poderes públicos" y que, por lo tanto, el legislador "no puede conferir, aunque sea de forma parcial o limitada, dicha cualidad".

Por su parte, el magistrado Pedro González-Trevijano ha formulado un voto particular concurrente. En su opinión, se debería precisar que la posibilidad de utilizar el asturiano lo es a los exclusivos efectos de abrir el uso de esa lengua en sede parlamentaria, "pero sin que de dicha utilización pueda deducirse validez o efecto jurídico alguno, ni pueda derivarse en su configuración como lengua vehicular".

Además, entiende que la sentencia debería haber recurrido a una interpretación conforme para asegurar el equilibrio entre la posibilidad de utilizar esta modalidad lingüística y el derecho de los parlamentarios al ejercicio de sus funciones sin obstáculo alguno derivado del desconocimiento de esta lengua.

Leer más acerca de: