Tribunales.- Un juez considera que Teleasturias emitió por una frecuencia para la que no estaba habilitada

El TSJA rechaza el recurso de la cadena y dice que el Principado "no vulneró el ordenamiento constitucional" al adjudicar las licencias

Europa Press Asturias
Actualizado: jueves, 27 septiembre 2007 14:36
OVIEDO, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por la cadena de televisión 'TeleAsturias' contra el reparto de frecuencias de televisión digital aprobado por la Consejería de Economía y Administración Pública. El juez entiende que la Administración autonómica "no vulneró el ordenamiento constitucional" al asignar la frecuencia que utilizaba 'TeleAsturias' al servicio público de la Televisión Digital Autonómica del Principado. El tribunal considera que TeleAsturias emitía por una frecuencia "para la que no estaba habilitada"

En la resolución judicial, a la que tuvo acceso Europa Press, consta que "lejos de promoverse el cierre encubierto de la emisora --como aseguraba el recurrente RTV. Broadcast, S.A.-- se ha tratado de cesar el suministro de señal a quien no está habilitado para emitir a través de las frecuencias que resultaron adjudicadas".

La sentencia se basa en las resoluciones del Consejero de Economía y Administración Pública del Principado de fecha de 2 de febrero por las que se adjudica la contratación de la concesión de la gestión del servicio de la Televisión Digital Autonómica del Principado de Asturias, y la contratación de la concesión de la gestión del servicio público de la Televisión Local en el ámbito del Principado.

Por ello, el fallo judicial no estimó "irrazonable ni desproporcionado" el requerimiento para que la la cadena deje de emitir por esa frecuencia practicado por la Administración. Además, el juez subrayó que no cabe apreciar en la actuación de la Administración recurrida el carácter sancionador que le atribuye la parte actora, alegando que el requerimiento a que se ha visto sometida la emisora no es más que la consecuencia de la "necesaria ordenación del espectro radioeléctrico asturiano mediante liberación de licencias".

El magistrado reflejó en la sentencia que TeleAsturias utilizó de manera "irregular" alguna de las frecuencias que le han correspondido a otra cadena de televisión participante en el respectivo concurso público de licencias. Por lo tanto, continua la sentencia, al no tener TeleAsturias licencia de concesión, "no cabe reconocerle transmitidas a su favor facultades de servicio público".

Además, sentenció el juez, dada la provisionalidad que se desprende del convenio privado en virtud al cual operaba, TeleAsturias "ha de ceder ante el innegable derecho de los adjudicatarios en los concursos convocados a ejercer ilícitamente una actividad a la que se han hecho acreedores, disponiendo a tal efecto de los canales adjudicados por el Principado".

El magistrado tampoco entendió que el Principado vulnerase el principio de igualdad, por cuanto al desarrollar TeleAsturias una actividad de "forma irregular", por carecer de título habilitante o autorización, "es indiferente que el requerimiento de cese sólo hubiese tenido como destinatario único aquella, pues no consta que existan otras emisoras en idéntica situación irregular".

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