Convocadas ayudas para reestructuración y reconversión del viñedo en Cantabria la campaña 2012-2013

Un viñedo
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 14 febrero 2012 10:53

SANTANDER, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural ha convocado ayudas para reestructuración y reconversión del viñedo en Cantabria en la campaña 2012-2013.

Así consta en una Orden por la que se regula la gestión de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en la comunidad autónoma de Cantabria, y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para la campaña 2012-2013.

Las solicitudes para acogerse a las ayudas de reestructuración y reconversión del viñedo irán dirigidas a la Consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural y se presentarán en el plazo de un mes, según consta en la convocatoria, consultada por Europa Press.

La Orden tiene por objeto la regulación de un programa de reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Cantabria de aplicación a viñedos destinados a la producción de uva de vinificación, así como el establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas correspondientes a la campaña 2012-2013.

La ayuda para compensar las pérdidas de ingresos será equivalente al 25 por ciento del valor medio de la uva en la Comunidad Autónoma de Cantabria en las tres últimas campañas y se concederá durante dos campañas para las medidas de reestructuración y una campaña para la reconversión varietal.

La ayuda máxima que podrá percibirse será de 2.750 euros/hectárea. Como alternativa a la prima compensatoria de pérdida de ingresos en el período improductivo, el agricultor podrá optar por la coexistencia de los viñedos antiguos y nuevos por un tiempo máximo de dos campañas vitícolas. Finalizado este período, obligatoriamente tendrá que proceder al arranque de las viñas viejas.

La orden establece que la ayuda para reestructuración y reconversión será del 50 por ciento en el caso de los planes colectivos y del 42,5 por ciento en los planes individuales, del presupuesto presentado y justificado.

La financiación de estas ayudas se realizará con fondos extrapresupuestarios procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en su totalidad.

Podrán acogerse a estas ayudas los viticultores cuyos viñedos estén ubicados en territorio de Cantabria, que destinen la producción de uva para vinificación.

En concreto, se podrán conceder ayudas para compensar a los productores participantes en el plan por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación de un plan de reestructuración y reconversión del viñedo, y para la aplicación de un plan de reestructuración y reconversión del viñedo que implique actividades como la reconversión varietal; reimplantación de viñedos; o mejora de las técnicas de gestión de viñedos.

La orden establece que podrán contemplarse las siguientes operaciones: para la reestructuración (arranque, preparación del suelo, plantación, costes de cultivo, despedregado, nivelación del terreno, protección de plantas jóvenes, espaldera y transformación de vaso a espaldera); y para reconversión varietal (sobreinjertado, que supone un coste fijo por hectárea y un coste por unidad de injerto, considerando éste como el practicado sobre una cepa, con independencia del número de púas que se injerten en la misma).

REQUISITOS

La superficie mínima de los planes de reestructuración y reconversión será de 5 hectáreas para los planes colectivos y de 0,30 para los planes individuales.

En cuanto a la superficie de la parcela, una vez reestructurada, será como mínimo de 0,50 hectáreas excepto en los casos en que las acciones se limiten a cambio de variedad mediante reinjertado o cambio de sistema de conducción, en los que la superficie mínima será la inicial.

No obstante, si el número de parcelas tras la realización del plan de reestructuración y reconversión es inferior o igual al 80 por 100 del número de parcelas iniciales, la superficie de la parcela una vez reestructurada, será de al menos 0,30 hectáreas.

La Orden señala que se podrán utilizar derechos de replantación procedentes de fuera de la explotación hasta el límite del 20% de la superficie total incluida en el plan. A los efectos de esta limitación no se computarán los derechos aportados por jóvenes agricultores. A su vez, el límite máximo de superficie a reestructurar o reconvertir por viticultor y año será de 5 hectáreas.

Únicamente podrán utilizarse en los planes de reestructuración y reconversión las variedades de uva autorizadas en Cantabria, y las superficies acogidas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedos deberán permanecer en cultivo un periodo mínimo de 10 años a contar desde la campaña siguiente a la finalización de la ejecución de la medida, indica la Orden.