Los centros concertados podrán implantar cuatro programas de educación bilingüe el curso 2011-2012

Actualizado: lunes, 18 abril 2011 13:17

SANTANDER, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria ha convocado mediante una resolución a los centros privados concertados que imparten educación secundaria obligatoria, a participar, para el curso 2011-2012, en la implantación de cuatro programas de educación bilingüe (PEB), dos de francés-español y otros dos de inglés-español, dirigidos al alumnado de educación secundaria obligatoria. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde este martes, 19 de abril.

Según consta en la resolución, consultada por Europa Press, podrán participar en esta convocatoria los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria que impartan toda la etapa de educación secundaria obligatoria, y que dispongan de profesorado con la adecuada competencia comunicativa en la lengua extranjera objeto del programa para asumir la docencia de las materias en la lengua correspondiente durante toda la etapa de la educación secundaria obligatoria.

La implantación de un PEB en francés-español o inglés-español se orienta a la consecución de objetivos como mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje de las lenguas extranjeras, y contribuir a desarrollar en el alumnado una competencia plurilingüe e intercultural, así como a favorecer el desarrollo de la competencia comunicativa a través del uso de la lengua extranjera como medio de aprendizaje de los contenidos de las diferentes materias, entre otros.

Los PEB que desarrollen los centros formarán parte de su oferta educativa y se incluirán como una de las prioridades de actuación en el proyecto educativo del centro que lo implante, por lo que deberá ser tenido en cuenta en la planificación de las diferentes actividades que se desarrollen en el mismo, potenciando un enfoque plurilingüe e intercultural de dichas actividades.

Los centros educativos iniciarán la implantación del PEB, durante el año académico 2011-2012, en el primer curso de esta etapa. Durante el año académico 2012-2013, desarrollarán el programa en los cursos primero y segundo de la etapa, y en los años académicos posteriores, el PEB continuará implantándose, progresivamente, hasta cuarto curso de educación secundaria obligatoria, a razón de un curso por año académico.

La organización del centro deberá llevarse a cabo de tal manera que los alumnos que estén cursando un programa de educación bilingüe estén distribuidos en diferentes grupos en las materias que no sean las correspondientes al programa, garantizándose, en todo caso, su participación en actividades con el resto del alumnado del mismo curso.

Además de la lengua extranjera objeto del programa de educación bilingüe, el alumnado de educación secundaria obligatoria que opte por uno de dichos programas deberá cursar obligatoriamente, durante los tres primeros cursos de la etapa, otra de las lenguas extranjeras que oferte el centro, ya sea como primera lengua extranjera o como optativa (Segunda lengua extranjera).

La Consejería de Educación promoverá actividades específicas para que el profesorado que participe en un PEB reciba formación, al inicio del mismo o durante su desarrollo.

Igualmente, los centros educativos que implanten un PEB podrán disponer de un auxiliar de conversación cuya lengua materna será la lengua extranjera objeto del programa.