SANTANDER, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -
Este próximo viernes 5 de febrero entran en vigor sendas leyes de Cantabria por las que se crean el Colegio Profesional de Ingenieros Informáticos y el de Ingenieros Técnicos Informáticos.
La entrada en vigor tiene lugar tras la publicación, este jueves, de ambas leyes en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). Las dos fueron aprobadas por unanimidad en el Parlamento regional el pasado 25 de enero.
De esta forma, Cantabria se convierte en la decimoquinta comunidad autónoma en contar con un Colegio de Ingenieros Informáticos superiores y la decimotercera en tener uno de Ingenieros Técnicos Informáticos.
Podrán integrarse en el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Cantabria quienes estén en posesión del título universitario de Ingeniero Técnico en Informática de Gestión o Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, o el de Diplomado en Informática, o cualquier otro título, con similar formación
académica homologado.
El ejercicio en Cantabria de la profesión de ingeniero técnico
en Informática no requerirá la incorporación al Colegio Profesional salvo ley estatal que lo establezca.
La Asociación de Ingenieros e Ingenieros Técnicos Informáticos de Cantabria designará una comisión gestora, integrada por seis miembros, que actuará como órgano de gobierno provisional.
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley, la comisión gestora deberá aprobar unos estatutos provisionales del Colegio en los que se regulará la forma de convocatoria y el funcionamiento de la asamblea constituyente del colegio.
La asamblea constituyente deberá aprobar los estatutos definitivos y elegir a los miembros de los órganos de gobierno del Colegio.
Por lo que se refiere al Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Cantabria, está abierto a quienes estén en posesión de los títulos universitarios de Ingeniero en Informática o de Licenciado en Informática o cualquier otro título debidamente homologado.
Como en el caso de los técnicos, el ejercicio de la profesión de ingeniero en Informática no requerirá la incorporación al Colegio Profesional. También es similar el proceso para la probación de los estatutos y elección de los miembros de los órganos de gobierno.