(AMPL) Tribunales .- Condenado a 13 años de prisión el acusado de matar a su compañera sentimental Gina Calderón

Europa Press Cantabria
Actualizado: jueves, 27 noviembre 2008 16:54

SANTANDER, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

La sección primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a trece años de prisión, por un delito de homicidio, a Javier López Villanueva, de 37 años de edad, acusado de matar en mayo de 2007 a su compañera sentimental, Gina Calderón.

La sentencia, recogida por Europa Press, también impone al condenado la prohibición de acercarse, durante veinte años, a los familiares de la víctima (hijos, hermanos, sobrinos), y le condena igualmente a indemnizar, con 80.000 euros a cada uno de los dos hijos de la fallecida, y con 15.000 euros a la madre.

La sentencia ha sido dictada después de que el pasado 31 de octubre, el tribunal del jurado declarase culpable de homicidio al acusado, al considerar probado por unanimidad de sus miembros que éste estranguló y asfixió a la víctima, a quien previamente causó varios cortes en el cuello con un cuchillo y golpeó reiteradamente hasta desfigurarle el rostro.

Ambos mantenían una relación sentimental, y él era consumidor de cocaína desde hacía diez años, si bien consumía cantidades mayores los fines de semana, hechos que también se consideraron probados por unanimidad por el jurado.

Emitido el veredicto de culpabilidad, se celebró vista en la que el Ministerio Fiscal ratificó su petición de pena (13 años de prisión); la acusación particular y las acciones populares pidieron 15 años y la defensa del acusado solicitó 10.

AGRAVENTES Y ATENUANTES

La sentencia aplica la circunstancia agravante de parentesco, y las atenuantes de reparación del daño (ya que el acusado, al inicio del juicio, depositó 33.000 euros) y la analógica de drogadicción.

Respecto a esta última atenuante el tribunal explica que el acusado era consumidor de cocaína desde hacía al menos diez años, y que consumía de forma importante los fines de semana, además de que varias horas antes de que se produjera el homicidio había consumido alcohol, sustancia de la que también era un habitual consumidor.

Añade que ello tiene que incidir necesariamente, y por mínimamente que sea, en la capacidad del sujeto para autodeterminarse con plena libertad, lo que conduce al tribunal a aplicar la atenuante analógica de drogadicción.

No estima en cambio la agravante de alevosía alegada por la acusación particular. Señala al respecto que el jurado no ha dado por probado que la víctima se encontrase desvalida o estuviese plenamente indefensa durante el ataque, ya que existen signos de que pudo efectuar algún tipo de defensa como el hecho de que tuviera en una de sus uñas y en su ropa restos de sangre del homicida.

Añade además que aunque el daño causado por el acusado, excede del propio para ocasionar la muerte, ya que, junto al acto que produce la asfixia, existen unos cortes con un cuchillo efectuados en el cuello de la víctima, quien también sufrió golpes en el rostro, se excluye que la intención del procesado fuese aumentar el dolor de la víctima, sino que esas lesiones fueron el resultado de la fuerza ejercida por el encausado sobre la mujer en la pelea que ambos mantuvieron.

HECHOS

Los hechos ocurrieron en mayo del año pasado, en el domicilio del agresor, situado en la localidad de Carrejo, donde su pareja, de nacionalidad colombiana, pernoctaba en algunas ocasiones.

Así, el 6 de mayo del año pasado, la víctima decidió quedarse a dormir con el procesado y cuando ésta se encontraba en el dormitorio, el acusado, Javier L.V., de 38 años de edad, cogió un cuchillo de cocina y le hizo varios cortes en el cuello, que le afectaron varios músculos sin llegar a afectar a las carótidas o yugulares ni a otros órganos vitales.

Acto seguido, y con la intención de acabar definitivamente con la vida de la mujer, el acusado procedió a presionar con sus manos el cuello de la víctima, impidiendo la entrada de aire en los pulmones, hasta que la mujer falleció por asfixia.

Después, el presunto homicida salió de la habitación y él mismo se produjo diversos cortes superficiales en las muñecas y el cuello, permaneciendo en la vivienda hasta el día siguiente, cuando fue hallado por diversos familiares, alertados por la desaparición de la víctima.

El procesado, que fue detenido al día siguiente de cometerse el homicidio, ha permanecido desde entonces privado de libertad, sin que hasta ahora haya asumido la responsabilidad de lo que hizo y manteniendo que no es consciente de lo ocurrido.

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