Cantabria recibe algo más de 17.000 euros para afrontar la mayor carga de trabajo por los 420 euros

Europa Press Cantabria
Actualizado: viernes, 13 noviembre 2009 16:20

SANTANDER/MADRID 13 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy la distribución de 1,64 millones de euros entre las comunidades autónomas, de los que 17.514,3 corresponden a Cantabria, destinados a financiar la mayor carga de trabajo que se derivará de la ampliación de la ayuda extraordinaria de 420 euros a los parados que hayan agotado su prestación o el subsidio desde el 1 de enero.

Esta dotación, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, supone formalizar el acuerdo que se alcanzó en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales el pasado mes de octubre y será adicional a los fondos ya distribuidos.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que estos fondos permitirán que los servicios públicos de empleo ganen en "eficacia" y resuelvan con "mayor rapidez" las solicitudes para cobrar los 420 euros.

De los 1,6 millones de euros aprobados, el mayor montante corresponde a Andalucía (356.557 euros), seguida de las comunidades de Cataluña (274.257 euros), Comunidad Valenciana (196.722 euros), Madrid (181.434 euros) y Canarias (117.828 euros).

Por su parte, La Rioja y Cantabria serán las que menos fondos perciban, con 9.010 y 17.514 euros, respectivamente. El reparto se ha realizado en función del número de beneficiarios potenciales de esta ayuda extraordinaria, que se podrá cobrar durante seis meses.

Los parados que han agotado su prestación o subsidio por desempleo a partir del 1 de enero de este año pueden solicitar desde hoy los 420 euros tras haberse ampliado la fecha de 'corte' desde el 1 de agosto al 1 de enero.

Para poder cobrar la ayuda de 420 euros, los desempleados deben cumplir una serie de requisitos: tener menos de 65 años, haber agotado la prestación contributiva y no tener derecho al subsidio o haber consumido todos los subsidios, y carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

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