Actualizado: miércoles, 1 febrero 2017 17:03

   SANTANDER, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -

   El Ayuntamiento de Santander ha declarado en ruina el edificio situado en la calle Alta 125 en respuesta a la solicitud realizada por varios propietarios del inmueble y tras constatar los técnicos municipales que el deterioro derivado de la falta de mantenimiento ha llevado la construcción a "un estado de ruina económica" que exige su demolición.

   El edificio, en el que el Ayuntamiento ya realizó obras hace unos años de forma subsidiaria ante la inacción de los propietarios, deberá ser desalojado con carácter previo al derribo, según ha informado este miércoles el Consistorio en un comunicado.

   De las 16 viviendas existentes en el inmueble, tres están ocupadas, por lo que los servicios sociales municipales se pondrán en contacto con los residentes para valorar su situación y asesorarles en su caso sobre posibles ayudas o recursos asistenciales a los que pudieran acogerse.

   El concejal de Infraestructuras, Urbanismo y Vivienda, César Díaz, ha explicado que el edificio ha sido objeto de varios expedientes en los últimos años por su progresivo deterioro, llegando el Consistorio a actuar de forma subsidiaria dada la falta de intervención de los propietarios, que no atendieron los requerimientos municipales previos.

   Díaz ha recordado que la primera solicitud para que se declarara en ruina el edificio la presentaron varios propietarios en el año 2004. Entonces, los informe técnicos municipales consideraron que no se daban las condiciones para dicha declaración y se ordenó a la propiedad la reparación del inmueble.

   La resolución fue confirmada tanto por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santander como por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, y ante el incumplimiento de la orden de reparación por parte de la propiedad, fue el Ayuntamiento el que ejecutó las obras de forma subsidiaria en el año 2009.

   Desde entonces, la propiedad no ha realizado trabajo alguno para el mantenimiento y conservación del edificio, que ha seguido deteriorándose, hasta llegar al momento actual.

   El pasado verano un grupo de propietarios volvió a solicitar al Ayuntamiento la declaración de ruina del inmueble, petición que esta vez ha sido atendida, a la vista de los nuevos informes técnicos y del deterioro actual de la construcción.

   Según los informes técnicos, las obras que serían necesarias para subsanar las deficiencias derivadas del estado ruinoso de la edificación superarían ampliamente el 50 % del valor actual del edificio (en concreto el coste alcanzaría el 70 % de su valor), lo que, según establece la Ley del Suelo de Cantabria, supone que se encuentra en estado de ruina económica y obliga a su demolición.

   Los técnicos destacan que a lo largo de todo este tiempo y de los sucesivos expedientes tramitados en relación a este inmueble "ha existido un total abandono por parte de los propietarios" en lo que respecta a los deberes de conservación de las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato exigidas en la normativa vigente y han incumplido las órdenes de reparación del inmueble.

   El edificio, construido en torno al año 1920 y que consta de planta baja, entreplanta, tres alturas y áticos, muestra en la actualidad un estado de deterioro que afecta a distintos elementos.

   Según los informes técnicos, hay techos muy deteriorados, zonas en las que se han desprendido los forjados y una gran grieta entre el forjado y la fachada trasera en la primera planta.

   Además, los balcones de la fachada sur están en mal estado, desnivelados y hundidos, mientras que en los miradores se aprecia una notable entrada de agua.

   Muchas de las viviendas no tienen puertas o están rotas o abiertas, al igual que algunas ventanas, lo que ha provocado la entrada de agua, palomas y suciedad. Además, hay humedades y las instalaciones del inmueble están obsoletas.

   La resolución por la que se declara la ruina da un mes de plazo a los propietarios para iniciar los trabajos de demolición, previa presentación del correspondiente proyecto técnico ante los servicios técnicos municipales. En caso de no cumplir con lo establecido, el Ayuntamiento podrá ejecutar el derribo de forma subsidiaria y repercutir los costes a la propiedad.

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