Dos años y medio de cárcel para un administrador que se quedó con dinero de una cliente a la que tramitaba una herencia

Actualizado: sábado, 12 mayo 2007 12:42

Se apropió de más de 152.000 euros destinados al pago del impuesto de sucesiones y la herencia fue embargada por no pagar

SANTANDER, 12 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años y medios de prisión y al pago de una multa de 1.440 euros al administrador de una empresa que se apropió de más de 152.000 euros de una de sus clientes. El dinero debía destinarse al pago del impuesto de sucesiones derivado de una herencia tramitada a la mujer, pero el acusado se quedó con ello y el Gobierno cántabro embargó la herencia por impago del impuesto.

Según se explica en la sentencia, los hechos sucedieron entre los años 2001 y 2002. Al final del primero de dichos años, el condenado, Gerardo R.A., se hizo cargo de la gestión de los trámites de la herencia de una mujer residente en Suiza, beneficiaria de la herencia dejada por sus padres al fallecer.

Los papeles debían tramitarse en Cantabria y para ello, la mujer hizo una primera aportación económica de casi 1.500 euros a favor del acusado. En agosto de 2002 Gerardo R.A. le comunicó por fax el coste de la notaría, de 626 euros, por lo que sobraban unos 850 euros de la aportación inicial. Junto a ello, también le comunicó que debía ingresar en una cuenta bancaria de la empresa algo más de 152.000 euros para hacer frente al pago del impuesto de sucesiones.

Efectivamente, la mujer realizó el ingreso, pero el acusado, en lugar de destinarlo al pago del impuesto, lo destinó a su uso personal y a otros pagos del grupo de empresas para el que trabajaba. La mujer no se enteró de lo sucedido hasta que la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno cántabro inició un expediente de apremio y ordenó el embargo de los bienes objeto de la herencia.

La Audiencia considera que los hechos constituyen un delito de apropiación indebida, pero aplica la atenuante de reparación parcial del daño, ya que el acusado ha ido devolviendo parte de la cantidad que se apropió.

No obstante, no aprecia delito de estafa, como proponía la acusación particular y absuelve de dicho cargo, tanto a Gerardo R.A., como a otros dos imputados, administradores también de la empresa y que, según la sentencia, no tuvieron constancia de lo sucedido y por ello son absueltos de todas las imputaciones.

Gerardo A.R., además de la pena de prisión y la multa, estará inhabilitado para el ejercicio de la profesión de gestor mientras dure la condena, y deberá pagar a la mujer a la que tramitó la herencia una indemnización de 20.000 euros, así como la cantidad que quede pendiente de devolución del total apropiado.