El exceso de velocidad es la causa predominante en el 61% de los accidentes mortales que se producen en Cantabria

Tráfico duplicará los controles de velocidad en carretera durante las dos próximas semanas

Europa Press Cantabria
Actualizado: lunes, 2 octubre 2006 12:07

SANTANDER, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Tráfico (DGT) llevará a cabo durante las dos próximas semanas (del 2 al 15 de octubre) una campaña especial de vigilancia en la que duplicará los controles de velocidad, sobre todo en carreteras de doble sentido de circulación. Tráfico estima que el 61 por ciento de los accidentes mortales que se registran en Cantabria son provocados por la circulación a una velocidad inadecuada como causa predominante.

A pesar de que, durante los meses de verano, los informes realizados por la DGT en base a las estadísticas que suministran las estaciones de toma de datos, demuestran que la velocidad media de circulación por carretera descendió entre un tres y un cuatro por ciento, su control y el incremento de la concienciación sobre la necesidad de disminuir la misma y de adecuarla en todo momento a las condiciones de la vía sigue siendo uno de los objetivos prioritarios de la DGT y de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil duplicarán los controles sobre este factor de riesgo, estableciendo servicios de vigilancia en 1.900 tramos de carreteras, con el objetivo de controlar la velocidad de, al menos, 100.000 vehículos diarios en las carreteras de toda España.

Esta operación especial va acompañada de la correspondiente campaña de comunicación bajo el eslogan 'En carreteras de doble sentido, doble precaución'. La campaña será difundida a través de los medios de comunicación, con emisión de anuncios en televisión y prensa escrita, de cuñas divulgativas en radio y mensajes en los paneles de información en carretera.

El mensaje de la campaña es 'Un 75% del total de los accidentes con muertes (61% en Cantabria) ocurren en carreteras secundarias. La mayoría por salidas de la vía y colisiones. Esto nos demuestra que es imprescindible que adecuemos nuestra forma de conducir y la velocidad a la que circulamos al tipo de carretera. Se pide al conductor la máxima atención, sobre todo en cruces, curvas, adelantamientos y en cambios de rasante. Y se recuerda que en carreteras secundarias el límite de velocidad es menor'.

En televisión y radio se emitirán anuncios de en las cadenas de ámbito nacional y autonómico durante el periodo de la campaña. En prensa impresa se difundirá con inserciones gráficas en diarios nacionales, regionales, deportivos, suplementos dominicales y revistas del motor.

También en esta campaña, como se hizo en la realizada el pasado agosto, se va a hacer un esfuerzo especial en las carreteras secundarias a través de los radares móviles de la Guardia Civil ya que en las carreteras convencionales con los dos sentidos de circulación compartidos se producen el 75% de los muertos por accidente de tráfico. Los controles estarán señalizados en los paneles de mensaje variable existentes en las carreteras o mediante vehículos que portan paneles de información.

NORMATIVA

La norma general dice que la velocidad debe ser la adecuada: a los límites establecidos, a las propias condiciones psicofísicas del conductor, a las características y al estado del vehículo, a la vía y a las condiciones meteorológicas y ambientales de la circulación.

En la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación (artículos 48 a 54), que la desarrolla, se fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamientos y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 90 a 600 euros y retirada del permiso para conducir por un periodo de tiempo de hasta tres meses.

También, en algunos casos, como se fija en el artículo 381 del Código Penal un exceso de velocidad puede ser considerado delito: "En todo caso se entenderá que existe temeridad manifiesta y concreto peligro para la vida o la integridad de las personas en los casos de conducción con un exceso desproporcionado de velocidad respecto de los límites establecidos. Castigado con penas de prisión de seis meses a dos años y privación del permiso por tiempo superior a un año y hasta seis años".

El nuevo sistema de permiso de conducir por puntos contempla la pérdida de entre dos y seis puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido. Así, si el exceso es de más de 20 km/h y hasta 30 km/h se perderán dos puntos. Los excesos de más de 30 km/h y hasta 40 km/h detraen tres puntos; cuatro se pierden por excesos de más de 40 km/h, siempre que no suponga además un exceso del 50%, en cuyo caso se pierden seis puntos.

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