Martín Nájera cree que el perdón de la víctima no debe anular el alejamiento, porque daría pie a presión del maltratador

Tolosa dice que las sentencias de la Audiencia abundan en el debate sobre la necesidad o no de cambios en la Ley contra la Violencia

Europa Press Cantabria
Actualizado: jueves, 18 octubre 2007 15:57

SANTANDER, 18 Oct. (EUROPA PRESS) -

La fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), Pilar Martín Nájera, recalcó hoy que la suspensión o anulación de una orden de alejamiento en casos de malos tratos no puede quedar "en manos de la víctima" y de que ésta perdone a su agresor, porque con ello se estaría colocando a la víctima en el punto de mira para ser objeto de "presiones" por parte de su maltratador para conseguir ese perdón.

Martín Nájera respondió así a preguntas de los periodistas a propósito de una sentencia que condena a seis meses de prisión a un hombre que reanudó la relación sentimental con la mujer a la que tenía prohibido acercarse por orden judicial, y aludió a otra similar que condena a un hijo por incumplir la orden de alejamiento de su madre, pese al expreso deseo de la mujer de convivir juntos.

Aunque insistió en que el "consentimiento no exime de la responsabilidad penal" y que la suspensión del alejamiento en casos de malos tratos no puede depender del perdón de la víctima, la fiscal reconoció que en estas situaciones "chocan dos intereses": el bien de la unidad familiar y la protección de las víctimas, y "no todas las respuestas son satisfactorias".

De ahí que, según señaló, se plantee el debate sobre la necesidad de "flexibilizar y valorar" que el delito de maltrato no lleve aparejado de forma "obligatoria" la medida de alejamiento, sino que el órgano judicial pueda evaluar si es necesario o no para la protección de la víctima.

El problema es que la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género obliga a los jueces a imponer medidas de alejamiento en todos aquellos casos en los que haya condena por malos tratos, de ahí que el debate se centre en si es necesario "flexibilizar" esa aplicación para imponer penas adecuadas.

En la misma línea, el presidente del TSJC, César Tolosa, también señaló el debate existente en torno a la flexibilización de la Ley contra la Violencia de Género.

A su juicio, estas sentencias de la Audiencia Provincial lo que hacen es "abundar" en ese debate que, según dijo, ha sido planteado incluso por la directora del Observatorio para la Violencia de Género, Montserrat Comas, acerca de si es necesario o no "recapacitar una reforma de la Ley Integral contra la Violencia de Género" para que "no todas las condenas llevaran aparejada, automáticamente y sin perjuicio de ningún tipo de proporcionalidad o valoración del juez, la orden de alejamiento".

Sin pronunciarse en ningún caso a favor de ninguna de las posiciones, Tolosa recordó que Comas ha dicho, por ejemplo, que en los delitos mínimos podría no ser "aconsejable" la orden de alejamiento porque, en caso de reconciliación, puede provocar "consecuencias mucho más graves para la unidad familiar", por ejemplo, una nueva condena por quebrantamiento de la condena previa.

El debate plantea si en tal caso, la orden de alejamiento debería reservarse para casos en los que sea efectivamente necesario pare evitar riesgos de reiteración de casos de violencia.

Finalmente, el presidente del TSJC también dejó claro que la condena por parte de la Audiencia Provincial, revocando la absolución de primera instancia, no supone en ningún caso una "contradicción" judicial, sino que responde al funcionamiento normal de la justicia, en la que las sentencias de órganos inferiores pueden ser revisadas por el órgano superior. No es por tanto una contradicción entre sentencias "en pie de igualdad en el escalón jerárquico" de la justicia, concluyó.

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