AMPL.- Tribunales.- El jurado popular considera culpable a Ramón Luis Sánchez de los asesinatos de su mujer y su sobrina

Actualizado: viernes, 14 noviembre 2008 15:00

El Fiscal solicita una pena de 22 años y cinco meses por el asesinato de la niña y de 25 años por el de su mujer

CIUDAD REAL, 14 Nov. (EUROPA PRESS) -

El jurado popular consideró hoy culpable a Ramón Luis Sánchez de los dos delitos de asesinato con ensañamiento y alevosía, uno de ellos en concurso ideal con el delito de aborto y además con el agravante de parentesco, por las muertes de su mujer, que estaba embarazada de seis meses, y de la sobrina de ésta, de cuatro años, hechos que ocurrieron en Argamasilla de Alba (Ciudad Real).

El veredicto ha sido por unanimidad y fundamentalmente han tenido en cuenta la declaración del acusado del 30 de julio del 2006, el testimonio de los agentes que acudieron al lugar de los hechos, así como las muestras de sangre en la ropa del acusado, y en las uñas de las víctimas.

El jurado popular ha rechazado la eximente que pedía la defensa por trastorno mental del acusado, al tener en cuenta los testimonios de los forenses que reiteraron durante el juicio que no existen una merma volitiva ni cognitiva en las facultades de Ramón Luis Sánchez.

El veredicto fue acogido con un sonoro aplauso por los familiares y amigos de las víctimas, que seguían con atención el resultado de la deliberación del jurado en la sala donde se ha celebrado el juicio desde el pasado lunes.

El acusado se enfrenta ahora a penas que oscilan entre los 42 y los 47 años y cinco meses. En una vista posterior a la lectura pública del veredicto, el Ministerio Fiscal mantiene la petición de sus conclusiones finales y ha solicitado una pena de 22 años y cinco meses por el asesinato de la niña así como la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de sus padres y hermanos en 30 años o de comunicarse con ellos por cualquier medio.

En el caso del asesinato de Ana Isabel Ocaña, y el aborto del feto de seis meses, la pena solicitada por la Fiscalía es de 25 años ya que, además, concurre la agravante de parentesco. Asimismo, se solicita que se retire al acusado la patria potestad sobre su hija, y que se le prohíba acercarse a menos de 200 metros a la niña, a sus suegros y a sus cuñados así como comunicarse con ellos.

DOCTRINA PARROT

Además, la fiscal ha solicitado que se le aplique al acusado la conocida como 'doctrina Parrot' para que la reducción de penas por beneficios penitenciarios se aplique sobre la pena total acumulada y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión.

En el caso de las indemnizaciones por responsabilidad civil, solicita 149.000 euros para la hija del acusado y la víctima por el asesinato de su madre, y 60.000 por el aborto de su hermana, mientras que para los padres de la niña de cuatro años asesinada por Sánchez Gómez, se solicitan 91.000 euros.

El letrado de la Junta de Comunidades así como el abogado del Estado se sumaron a las peticiones efectuadas por el Ministerio Fiscal, aunque éste último añadió 45.993 para la familia de Ana Isabel Ocaña, como víctima de violencia doméstica, que sufragará el Estado.

Por su parte, la acusación particular redujo su petición inicial al haber tenido en cuenta el jurado la atenuante de confesión, y solicitó las mismas penas que el resto de acusaciones, aunque añadió que el acusado no pueda ir a Argamasilla de Alba durante 10 años más de los que establezca la condena, así como que la prohibición de acercarse a los familiares de las víctimas se extienda hasta los 500 metros.

RESPONSABILIDAD CIVIL

En el caso de la responsabilidad civil solicita para la hija del acusado y la víctima 150.000 euros por la muerte de su madre y 70.000 por la de su hermana; para la madre de Ana Isabel Ocaña 150.000 por la pérdida de su hija y 70.000 por la de su nieta maría y 40.000 por el aborto de su futura nieta; y para los padres de la niña 140.000 euros.

Finalmente, la defensa rebajó la petición de penas hasta 20 años en el caso de María Ocaña, por no tenerse en cuenta la agravante de parentesco y sí la atenuante de confesión, mientras que en el caso del asesinato de Ana María Ocaña, en concurso ideal con el delito de aborto, pidió que la condena impuesta sea de 22 años.

Respecto a las indemnizaciones y las penas accesorias, aceptó las solicitadas por el Ministerio Fiscal, aunque se opuso a que a Ramón Luis Sánchez se le retire la patria potestad de su hija o, en su caso, que se limite a 20 años, y que no se le aplique la doctrina Parrot, sino que los beneficios penitenciarios los pueda obtener en base a cada una de las condenas por separado.