Los concejales de Albacete equiparan sus remuneraciones a las de los jefes de servicios

Actualizado: viernes, 29 junio 2007 21:30

ALBACETE, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

La nueva Corporación municipal del Ayuntamiento de Albacete celebró hoy su primera sesión plenaria de carácter extraordinario, con el objetivo principal de aprobar el acta de la sesión constitutiva del 16 de junio, regular el funcionamiento del mismo de cara al resto del mandato y, además, aprobó que las retribuciones de los concejales se equiparen a los de jefes de servicios.

Con el voto en contra de Izquierda Unida y a favor del Grupo Socialista y el Grupo Popular, los nuevos concejales aprobaron esas nuevas retribuciones, de manera que, a propuesta de Alcaldía, el sueldo de los concejales con dedicación exclusiva se equiparará a las que perciben los jefes de servicio del Ayuntamiento de Albacete, abonables en 14 mensualidades.

Respecto al sueldo del alcalde de la ciudad, sus retribuciones serán similares a las de los funcionarios con habilitación nacional del propio Consistorio, excluidos los conceptos de productividad y de asistencia fija a sesiones, también abonables en 14 mensualidades.

Durante el Pleno de hoy se aprobó también la propuesta de nombrar representantes municipales en organismos autónomos, consorcios, fundaciones, entidades mercantiles con representación municipal y comisiones especiales del Pleno.

En la misma línea, quedó aprobada la creación y composición de comisiones informativas, cuyos contenidos quedarán integrados en ocho asuntos, es decir, Participación, Igualdad, Educación y Cultura, Obras Públicas-Movilidad y Transporte, Interior y Personal, Economía, y Sostenibilidad-Promoción Económica y Medio Ambiente.

La representación política en ellas será de cuatro miembros del PSOE, cuatro del PP y uno de IU. Por unanimidad se aprobó también la creación de una Comisión Especial del III Centenario de la Feria de Albacete, cuya misión será coordinar las actividades que se programen con este motivo.

Por último, se decidió que las sesiones plenarias se celebren los últimos jueves de cada mes, salvo en los casos en que éste sea inhábil, motivo por el que se trasladarían a la jornada inmediatamente anterior o posterior.