TOLEDO 10 May. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la asesoría jurídica del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios (STAS) de Castilla-La Mancha, por medio del cual obliga a la Junta indemnizar a cerca de 160 trabajadores con los salarios dejados de percibir desde noviembre de 2004 a noviembre de 2008.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se reconocen efectos económicos a los apelantes que fueron seleccionados, reconocimiento que se hace a fecha de 10 de noviembre de 2004. Además, se decretan las retribuciones que los perjudicados hubieran debido percibir de haber sido contratadas desde esa fecha, descontando las retribuciones que hubieran recibido por otros servicios en dicho periodo hasta que fueron nombrados.
La sentencia recoge igualmente la apelación del sindicato ante la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Toledo. Dicha sentencia requería a la administración demandada "a retrotraer los efectos administrativos (antigüedad) de la adjudicación de destinos y contratación de los aspirantes aprobados con la nueva corrección efectuada por dicha administración en ejecución de la sentencia, a la misma fecha de efectos administrativos de los aspirantes".
Ante este hecho el recurrente, en este caso el sindicato STAS, interpuso recurso de apelación alegando que, si como consecuencia de los actos administrativos anulados se hubiera producido indebidamente el cese de los defendidos por el sindicato como personal laboral de la Junta, "sean reintegrados a la plantilla de personal laboral de la administración regional demandada".
Todo ello, según el recurso de apelación que recoge el fallo, "con fecha a efectos de su cese y reconocimiento de todos los derechos laborales y salariales perjudicados por ese cese, desde la fecha efectiva en que se produjo. Igualmente, la apelación pedía a la administración que los salarios dejados de percibir "les sean les sean abonados con el incremento de los correspondientes intereses legales".
DESCALABRO
Según señaló el sindicato en nota de prensa, la sentencia del TSJCM "supone un auténtico descalabro para las finanzas de la Junta" ya que el fallo, ante la que no procede interposición de recurso ordinario alguno, "pone punto final a todo el proceso puesto en marcha con la demanda presentada por la asesoría jurídica del sindicato".
Asimismo STAS señaló que esta demanda dio lugar a la sentencia de 17 de diciembre de 2007 que, al anular parte del proceso selectivo de Personal de Limpieza y Servicios Domésticos de 2003, supuso la contratación de 160 trabajadores adicionales de dicha categoría, los cuales se incorporaron de forma efectiva en noviembre de 2008, para dar cumplimiento a dicha sentencia.
Por todo ello, el sindicato volvió a insistir en la necesidad de depurar responsabilidades por parte de la administración regional "para que no se vuelvan a producir errores de esta magnitud en cualquier otro proceso selectivo", al mismo tiempo ofreció los servicios de su asesoría jurídica a todos los trabajadores afectados para la correcta ejecución de la sentencia.