Federación de Vecinos de Toledo analizará con demandantes de viviendas de Azucaica la sentencia del TSJCM

Actualizado: martes, 24 febrero 2009 13:36

TOLEDO, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Asociaciones de Vecinos de Toledo mantendrá una reunión con el resto de demandantes de las 30 viviendas que realizó la Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) en el barrio de Azucaica, para analizar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que estima el recurso de la EMV de Toledo contra el auto que paralizaba la entrega de dichas viviendas.

El auto ahora revocado suspendía la ejecución del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la EMV el 31 de marzo de 2006 sobre la adjudicación de viviendas protegidas en Azucaica y los requisitos de los adjudicatarios, suspendiendo la adjudicación del cupo.

Según aseguró la Asociación en nota de prensa, "en la cuestión clave de este contencioso nos asiste la razón, al menos mientras se demuestra lo contrario, ya que estábamos convencidos entonces, y aún lo estamos, de que el cupo de asignación de viviendas protegidas establecido por la EMV para favorecer a unas personas sobre otras en base un pretendido arraigo o pertenencia a un núcleo o zona geográfica de la ciudad, resulta discriminatorio", argumentó.

Asimismo, apuntó que el TSJCM alude en la sentencia a que la necesidad del proceso para obtener la razón no se convierta en un daño para quien tiene la razón, y más adelante en ese mismo fundamento se refiere a la larga duración del mismo. "Es pues la lentitud de la justicia una de las causas en las que se ampara el levantamiento de la suspensión decretada en su día por el Juzgado Contencioso Administrativo de Toledo", agregó la federación.

Según los vecinos, una vez levantada la suspensión cautelar, el TSJCM no ha entrado a juzgar si es ajustado al derecho establecer una medida que favorezca a vecinos de un barrio en detrimento de otros de esa misma ciudad, siendo este el argumento central del contencioso.

Por ello, el colectivo opinó que el TSJCM ha tenido en cuenta para su decisión el informe de la Defensora del Pueblo, amparándose en que no se llega a decir de manera concluyente que la pretendida medida de discriminación suponga una vulneración flagrante respecto a su ajuste al canon constitucional del principio de igualdad. "Esta Federación entiende que ese informe tampoco dice de manera concluyente que la medida de discriminación se ajuste al canon constitucional del principio de igualdad", añadió.

En cuanto a la decisión del TSJCM de considerar a la Federación de Asociación de Vecinos de Toledo parte poco relevante de este proceso, afirmando que los demandantes más relevantes han desistido del recurso, la Federación entendió que "el desistimiento posiblemente haya sido propiciado por la llegada al Gobierno de los otrora demandantes relevantes".

"Además consideramos que esta frase no es muy compasiva con el principio de igualdad proclamado por la Constitución Española, concretamente en su artículo 14, cuando reconoce que 'Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda haber discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social'".

Finalmente, manifestó que si esto es así, "ningún tribunal puede hacer distingos entre demandantes más o menos relevantes, pese a que el TSJCM en su sentencia nos considere poco relevantes no tenemos menos razón por ello, y no se nos puede privar del amparo legal que se debe prestar por los tribunales, a los más relevantes y a los que no lo somos tanto, y a los que no son relevantes en absoluto", concluyó.