Fomento fija los servicios mínimos para la huelga del transporte de público en Talavera que comienza el 9 de enero

Actualizado: jueves, 5 enero 2012 11:32

TOLEDO, 5 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Fomento ha publicado la orden por la que se establecen los servicios mínimos en el transporte público regular de uso general y de uso especial que realizan las mercantiles Rubicar Tours SA y Autobuses Urbanos de Talavera SL, durante la huelga de sus trabajadores convocada para los días 9, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de enero de 2012.

La huelga, según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press, se iniciará el próximo día 9 de enero de 2012, desarrollándose la misma todos los lunes, martes, miércoles, jueves, y viernes de cada semana de 00.00 a 24.00 horas, terminando el día 31 de enero de 2012, a las 24:00 horas.

Estos paros afectan, según agrega el texto, a servicios públicos regulares de viajeros de uso general y permanente, y de uso especial, de titularidad autonómica de los que son concesionarias las citadas mercantiles.

La orden establece que en el transporte público regular que realicen Rubicar Tours SA y Autobuses Urbanos de Talavera SL, tanto de uso general como de uso especial, se fijan los servicios mínimos por número de expediciones de ida y vuelta.

De este modo, en los servicios regulares de transporte de viajeros de uso general se fijan de una a seis expediciones completas, una expedición de ida y otra de vuelta. A las que se suman más de seis expediciones completas, dos expediciones de ida y dos de vuelta.

En este mismo apartado, la orden establece también más de 10 expediciones completas. Entre las 6.00 y las 9.00 horas y las 18.00 y las 21.00 horas, el 40% de las expediciones de ida y vuelta. El resto de la jornada, el 20% de las expediciones.

Por otra parte, en cuanto a los servicios regulares de viajeros de uso especial, la Consejería establece en la modalidad de transporte de escolares --escolarización obligatoria de hasta 16 años-- unos servicios mínimos del 100 por cien.

Esta última decisión, la ha tomado la Consejería debido a la vinculación con el derecho a la educación obligatoria que establece el artículo 27 de la Constitución y porque los servicios mínimos establecidos se refieren a las rutas de escolarización obligatoria.

"Se trata de una prestación necesaria para poder hacer efectivo tal derecho", añade la orden, "máxime teniendo en cuenta que serán precisamente los escolares con menores posibilidades económicas los que más perjudicados resulten de la falta de prestación del servicio", apunta.

La orden publicada en el DOCM por la Consejería de Fomento señala que las mercantiles Rubicar Tours SA y Autobuses Urbanos de Talavera SL designarán al respectivo personal estrictamente necesario para el cumplimiento de estos servicios.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.