El TC no admite a trámite el recurso del PP por la anulación de su lista en Villanueva de la Fuente (Ciudad Real)

Actualizado: jueves, 5 mayo 2011 15:11

CIUDAD REAL, 5 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por el PP de Ciudad Real tras la anulación por parte de la Junta Electoral de Zona de la candidatura de este partido en la localidad de Villanueva de la Fuente.

En una providencia de la Sala Tercera de la Sección Segunda, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala que no se ha admitido a trámite "toda vez que el recurrente no ha satisfecho la carga consistente en justificar la especial trascendencia constitucional del recurso".

Para el TC, esta premisa "es algo más y distinta a la mera afirmación -sobre cuya verosimilitud nada cabe decir- de que el propio derecho fundamental ha sido violado. Esta omisión -resume el tribunal- impide la admisión a trámite del recurso".

En un comunicado, el PP ciudadrealeño ha adelantado que ha presentado un recuso de súplica ante el propio Constitucional, y ha indicado que también va a presentar un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El PP ha considerado que, tras las decisiones de la Junta Electoral de Zona y del Tribunal de lo Contencioso Adminsitrativo se vulneran los "derechos de los concejales que se iban a presentar por el PP y se impide a los ciudadanos votar a una candidatura presentada en tiempo y forma".

En opinión del PP, el Tribunal Constitucional "no ha amparado a los vecinos y votantes de Villenuva de la Fuente porque desde la reforma de la Ley Orgánica del TC, se ha generalizado la mayor parte de las demandas de amparo, alegando que carecen de fundamento constitucional".

Para los 'populares', esta practica se agudiza "en momentos como el presente cuando el alto tribunal ha de decidir sobre multitud de recursos de amparo en apenas unas horas".

EN TIEMPO Y FORMA

Los 'populares' de Ciudad Real han recordado que la lista fue presentada -en tiempo y forma- el 15 de abril ante la Junta Electoral de Zona de Villanueva de los Infantes y que la misma fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La Junta Electoral de Zona, el de 25 de abril, decidió no proclamar la lista en la que la baja por renuncia de uno de los componentes -el número nueve, el ciudadano de origen boliviano Dougla Franco Edgley- no había sido suplida.

En opinión del PP, la Junta Electoral de Zona podría haber proclamado la candidatura conforme a ley "desplazando el orden de la lista, que hubiera quedado con dos suplentes", como ocurre en otros muchos casos.

Con respecto al rechazo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, desde el PP se interpreta que la desestimación del recurso en este ámbito se basa en que ante la autonomía de este partido para hacer sus listas, se entiende que "no ha subsanado una candidatura incompleta y además no ha contestado".

Para el PP, el tribunal se ha basado en "motivos formales y olvidando la necesidad de interpretar los hechos y normas concurrentes lo más favorablemente posible de cara a la efectividad de los derechos fundamentales".