Comienza este sábado la temporada de pesca en las aguas trucheras de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid

Publicado: sábado, 16 marzo 2024 11:35

   Para pescar en aguas de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora habrá que esperar hasta el próximo sábado 30 de marzo

   VALLADOLID, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

   El periodo hábil para la pesca de la trucha en las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid ha comenzado este sábado, 16 de marzo, y el 30 de marzo lo hará en las provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora.

   En todas las provincias la pesca en las aguas trucheras de acceso libre finalizará el 31 de julio, salvo ciertas excepciones, según recoge la Orden MAV/1481/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueba la Orden de Pesca para el año 2024.

   Los cebos y señuelos se encuentran regulados en el Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Pesca de Castilla y León.

   La normativa específica de los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca, está regulada a través de la Orden MAV/10/2024, de 10 de enero, por la que se declaran los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca, la cual será próximamente actualizada.

   En relación con los permisos sobrantes en cotos de pesca, el plazo de petición se abrió el pasado 4 de marzo para los turísticos y desde el 9 de marzo para los pescadores a título individual, que podrán acceder a los permisos no adjudicados en la fase de sorteo, en una ventana de dos semanas vistas desde cada lunes.

PRINCIPALES NOVEDADES

   En lo que respecta a las principales novedades para la temporada 2024, en Burgos se permitirá la pesca desde aparatos de flotación en los tramos de pesca correspondientes a los AREC Arlanzón, AREC Embalse de Alba, AREC Embalse del Ebro, AREC Uzquiza y EDS Duero.

   En la provincia de León, por su parte, los cotos de pesca de Vegamián, Villafeliz, Acebedo y Boca de Huérgano pasan a ser sin muerte, mientras que los AREC Cúa Sur y Toreno se transforman en cotos de pesca y se crea el Refugio de Pesca en el azud de Benamariel en el río Esla.

   En Salamanca se crea el nuevo EDS Tormes II, en sustitución del antiguo coto de Alba de Tormes, mientras que en Soria el AREC Cidacos I pasa a ser Refugio de Pesca mientras que el AREC Cidacos II retrasa el cierre hasta el día 15 de octubre. En el caso del EDS Duero I, se reducen los pases de control a fin de reducir la presión.

   En lo que respecta a Valladolid, se suprime el EDS de Arroyo de la Encomienda que se transforma en ARE y en Zamora se crea un AREC en el Embalse de Agavanzal, hasta el momento de acceso libre, así como el nuevo EDS denominado Villaralbo en el río Duero y se habilita la pesca desde aparatos de flotación en los tramos de pesca del AREC Puente Porto, EDS Esla, EDS Puente de la Estrella y EDS Ermita de Argusino.

AGUAS DE ACCESO LIBRE

   Los pescadores, con su licencia de pesca en vigor, podrán pescar en la modalidad de pesca sin muerte en la totalidad de tramos de acceso libre de la Comunidad, que superan los 12.000 kilómetros de longitud, incluyendo tanto aguas trucheras como no trucheras, según ha explicado la Administración autonómica en un comunicado recogido por Europa Press.

   Por su parte, los tramos regulados a través de planes de pesca específicos fueron actualizados a primeros del año 2024 mediante la Orden MAV/10/2024, de 10 de enero.

   Esta norma permite el desarrollo de uno de los niveles de planificación contenidos en la Ley 9/2013, de 3 de diciembre. A partir de la mejor información disponible, resulta aconsejable actualizar el contenido de algunos planes de pesca, realizando correcciones o modificaciones puntuales y, en otros, declarando masas de agua pescables bajo algunas de las figuras previstas en la ley, siempre con la finalidad de asegurar un aprovechamiento compatible con la conservación de las poblaciones en las masas de aguas pescables, o bien declarando refugios de pesca en aquellas masas de agua donde la pesca debe estar prohibida con carácter permanente.

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