VALLADOLID 22 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Instancia Penal número 3 de Valladolid ha impuesto a Aarón G.C, integrante del 'clan de los Píos', una pena de cinco meses de prisión por la peligrosa huida en coche protagonizada el 4 de junio de 2019, cuando una patrulla policial comenzó a perseguirle tras observar una maniobra sospechosa en la calle Cigüeña de la capital vallisoletana.
La resolución judicial, recogida por Europa Press, considera probado que el acusado, a quien Fiscalía había pedido siete años de prisión, cometió un delito de conducción temeraria con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas--le absuelve de atentado y de dos delitos de lesiones menos graves--y le condena a cinco meses de prisión y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por espacio de diez años.
Otro de los tres acusados, Crístofer J.J, quien iba de copiloto en el coche, ha sido absuelto del delito de atentado--se exponía a un año de prisión-- y un tercer miembro de los Píos, Emiliano J.L, ha sido condenado también a cinco meses de prisión por dicho delito, con las agravantes de reincidencia y dilaciones indebidas, al entender acreditado que el día de los hechos trató de impedir que sus compañeros de banquillo fueran detenidos por la policía.
Los hechos probados se registraron el 4 de junio de 2019, sobre las 04.45 horas, cuando Aarón G.C. desoyó las indicaciones de una patrulla policial para que detuviera el Opel Vectra que conducía a la altura de la calle Cigüeña y aceleró bruscamente su vehículo para huir, con lo que se inició una persecución por diversas calles de la ciudad.
Durante la huida, el acusado circuló a velocidad superior a la reglamentaria, poniendo en riesgo la integridad de los agentes y de otros conductores. El vehículo sorteó controles, subió a la acera e impactó contra un coche policial. Esta colisión provocó lesiones a dos agentes, aunque el magistrado ha excluido la existencia de dolo directo en el comportamiento del acusado respecto a las lesiones, calificándolas como consecuencia de un hecho de la circulación.
Respecto a la tipificación de los delitos de atentado imputados inicialmente a Aarón G.C, el tribunal ha considerado que no se cumplen los requisitos para dicha calificación. La sentencia ha argumentado que no basta la simple huida para integrar el tipo penal y que, según las declaraciones testificales, el acusado no intentó lanzar el vehículo contra los agentes, sino que buscó vías de escape en los espacios libres.
Sobre la participación de Crístofer J.J, quien viajaba en el vehículo de copiloto, el magistrado ha acordado su absolución del delito de atentado al considerar que no existen pruebas suficientes que confirmen una conducta delictiva específica durante su detención en el barrio de 'Las Viudas', contradiciendo la versión de parte de la acusación.
En cuanto al tercero de los Píos, Emiliano J.L, el tribunal ha considerado probada su participación en un delito de atentado en la modalidad de "intimidación grave". Y es que el acusado, aprovechando un momento de tensión tras la detención de los otros implicados, se dirigió a un agente de la Policía Local con amenazas de muerte, aprovechando su conocimiento previo y la presencia de personas a favor de los detenidos. "¡Hijo de puta, te voy a pegar dos tiros en la cabeza, los Pío no avisan, sino te matan, cuando te vea con tu familia de paisano, te mato hijo de puta!", es la frase que recoge como probada la sentencia.
Además de las citadas penas, Aarón G.C. deberá indemnizar a Leasing Plan Servicios con 4.690,61 euros por los daños en los vehículos policiales, además de las cantidades correspondientes a dos de los agentes por las lesiones sufridas.
Los tres encausados estuvieron representados en el juicio por la letrada Lorena Iglesias, del despacho Iglesias&Villar.