CyL establece un plan de vigilancia intensificada de la enfermedad de Newcastle en una zona de restricción adicional

Archivo - Granja de engorde de pollos, a 16 de noviembre de 2025, en El Rincón del Obispo, Cáceres, Extremadura (España).
Archivo - Granja de engorde de pollos, a 16 de noviembre de 2025, en El Rincón del Obispo, Cáceres, Extremadura (España). - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo
Europa Press Castilla y León
Publicado: miércoles, 5 agosto 2026 10:14

VALLADOLID 5 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera ha establecido un plan de control y vigilancia intensificada de la enfermedad de Newcastle en una Zona de Restricción Adicional (ZRA) que incluye medidas especiales de control, vigilancia y prevención.

Para ello ha establecido Zona Restringida Adicional que comprende todos los municipios de las Unidades Veterinarias afectadas por focos incluidos en la Zona de Protección y en la Zona de Vigilancia en las provincias de Ávila (Arévalo y San Pedro del Arroyo), Segovia (Cantalejo, Carbonero, Cuéllar y Santa María la Real de Nieva), Salamanca (Peñaranda de Bracamonte), Valladolid (Medina del Campo, Olmedo, Peñafiel, Tordesillas y Valladolid) y Zamora (Toro).

Desde la Zona de Restricción Adicional y mientras haya algún foco activo en la zona sólo se realizarán movimientos de aves de corral vivas desde la zona de restricción con destino directo al matadero más cercano posible dentro de elle, "salvo situaciones excepcionales y previa autorización de la autoridad competente".

Con el fin de asegurar la inmunidad producida por las vacunas en la Zona de Restricción Adicional y como medida de protección será necesario que todas las entradas de animales en la zona se autoricen con varios requisitos, entre ellos realizar una evaluación de la bioseguridad en la explotación con resultado favorable.

Además, los animales deberán acreditar documentalmente estar incluidos en un programa vacunal frente a la EN adecuado a su categoría productiva, y la explotación de destino se comprometa a la realización de la pauta vacunal completa, y no se autorizarán movimientos para vida hacia explotaciones ubicadas en la ZRA de aves que no acrediten estar incluidas en un programa vacunal frente a la EN, adecuado a su categoría productiva.

Además, los movimientos con destino a matadero desde la Zona de Restricción Adicional y fuera de ella serán comunicados previamente por las empresas a la unidad veterinaria correspondiente y a la Sección de Sanidad y Producción Animal de la provincia correspondiente y al Servicio de Sanidad Animal de esta Dirección General, para que con esa información proceda a la ejecución de controles por parte de los Servicios Veterinarios Oficiales.

Los controles consistirán en la selección de una muestra de explotaciones aplicando criterios de riesgo epidemiológico (especie, proximidad a zona de protección o zona de vigilancia, ventilación natural, tiempo de permanencia de la manada en la explotación, datos de consumo de pienso, agua o mortalidades superiores al 2 por ciento semanal o al 5 por ciento en pollos o al 8 por ciento en pavos en el ciclo de producción, junto a cualquier otro criterio de riesgo que consideren los SVO," con especial atención a las salidas de aves con una edad y peso inferior a la normal de sacrificio".

En estos casos, el sacrificio de las aves deberán cumplir varias condiciones: mantenerlos separados de otros no procedentes de estas zonas y ser sacrificados en momentos distintos "y siempre al término de la jornada laboral del día de su llegada". Además, se llevará a cabo una inspección clínica previa al traslado por los SVO o por los veterinarios de la explotación bajo la supervisión de aquellos.

Otra condición es que el operador del matadero deberá limpiar y desinfectar los locales y las instalaciones donde se hayan mantenido y sacrificado los animales y prestar especial atención a la limpieza y desinfección de los medios de transporte que hayan sido empleados una vez hayan terminado la descarga en el matadero de destino.

La Dirección General ha explicado que la elección de la delimitación mediante unidades veterinarias para establecer la ZRA responde a criterios de gestión epidemiológica, homogeneidad de control oficial, operatividad administrativa y existencia de relaciones epidemiológicas entre explotaciones avícolas pertenecientes a un mismo ámbito territorial.

Y en el caso de la aparición de nuevos focos de enfermedad de Newcastle la ZRA quedaría ampliada con las unidades veterinarias de zonas colindantes, incluidos los municipios con mayor número de explotaciones avícolas y con los mismos criterios.

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