Federación de Vecinos de Valladolid afirma que una sentencia del TS agiliza la instalación de ascensores en comunidades

Europa Press Castilla y León
Actualizado: martes, 21 abril 2009 16:36

VALLADOLID 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Asociaciones de Vecinos de Valladolid afirmó hoy que una sentencia del Tribunal Supremo considera suficiente el voto de la mayoría simple de los propietarios para la instalación de un ascensor cuando existan problemas de accesibilidad, lo que, a su juicio, agilizaría los trámites para instalarlos.

Según informaron fuentes vecinales en un comunicado recogido por Europa Press, se trata de una sentencia dictada a finales de 2008 por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que respondía a un recurso presentado por una familia guipuzcoana y en la que se reconoce la posibilidad a las Comunidades de Propietarios de adoptar acuerdos de instalación de ascensores, aunque ello suponga imponer algún tipo de servidumbre para algún copropietario.

La Sentencia fundamenta que, con base a la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, Ley 51/2003, se posibilita la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal.

En concreto el artículo 17.1 párrafo tercero, que establece como suficiente voto favorable el de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación para la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con minusvalía, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo.

Según el comunicado, la Ley 15/1995 equipara la condición de minusválido, a estos efectos, a los que hayan cumplido setenta años de edad.

Adoptado el acuerdo con dicha mayoría, el propietario, según la sentencia, debe consentir la servidumbre, pues el acuerdo "obliga a todos los copropietarios, hayan votado lo que hayan votado. Por supuesto el comunero que sufre la servidumbre deberá ser resarcido en sus daños y perjuicios".

La Federación de Asociaciones de Vecinos de Valladolid mostró su satisfacción por esta sentencia y señaló que "de nuevo han tenido que ser los tribunales, ante la pasividad de la Administración, quienes hayan resuelto los litigios que se venían teniendo entre los propietarios que necesitan el ascensor para hacer efectivo su derecho a la accesibilidad y la movilidad y los propietarios de locales que defendían su derecho a la propiedad".

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