El juzgado considera que Ayuntamiento de Valladolid vulneró el derecho de reunión al impedir colocar mesas informativas

Actualizado: miércoles, 1 diciembre 2010 12:59

VALLADOLID, 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Movimiento Cultural Cristiano ha explicado que una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Valladolid ha condenado al Ayuntamiento de la capital por vulnerar el derecho constitucional de reunión cuando el 20 de diciembre de 2009 impidió a esta organización y al Partido Solidaridad y Autogestión (Sain) y Camino Juvenil Solidario instalar unas mesas y paneles informativos.

Según han señalado fuentes de estas organizaciones en un comunicado recogido por Europa Press, la sentencia del 22 de noviembre señala que el Consistorio vulneró el derecho de reunión en la Marcha silenciosa contra las causas del hambre convocada en diciembre de 2009 por las tres organizaciones.

En aquel día, varias patrullas de la Policía Municipal, según las mismas fuentes, se presentaron en la Plaza de Zorrilla de Valladolid para impedir la colocación de unas mesas informativas y paneles sobre las causas del hambre, así como la megafonía que formaban parte de la concentración y marcha silenciosa, que se desde hace más de 15 años se convoca en fechas cercanas a la Navidad.

La sentencia reconoce, continúan, "que existió una actuación imputable a la administración municipal demandada, que impidió la instalación de los mencionados elementos" y que "tampoco el Ayuntamiento demandado ha explicado satisfactoria y suficientemente las concretas razones que imponían no autorizar las mesas, la megafonía y demás elementos a los que se aludió en la comunicación".

Por ello, el juez considera que la decisión municipal debía haber indicado, "y no lo hizo así, no sólo qué otros derechos constitucionales o qué concretos intereses individuales o colectivos quedaban afectados por la instalación de estos elementos de que se viene hablando, sino también por qué su no autorización era una medida imprescindible para la tutela de esos otros derechos o intereses".

Por todo ello, se estima que la actuación administrativa que impidió la instalación de los elementos citados el día 20 de diciembre de 2009 vulneró el derecho de reunión". Por lo que el Consistorio fue condenado a pagar las costas del proceso abierto sobre protección de derechos fundamentales, "un varapalo más" para el Ayuntamiento y su alcalde.

A juicio de los grupos demandantes, el alcalde de Valladolid considera "ser dueño y señor de las calles de la ciudad" y "pone a la policía municipal a trabajar contra los ciudadanos y a intentar impedir que actos solidarios como la marcha silenciosa contra el hambre, se celebren con normalidad".

Esta circunstancia debe, según han recalcado, estar presente para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho constitucional de manifestación y no les sea impedido por aquellos que "se supone que están para servirles", ya que han recordado que los sueldos de la Policía y del regidor están pagados con los impuestos de la ciudadanía.