La elección de Tudanca como senador por Castilla y León cerrará el Pleno

Luis Tudanca, en una imagen de archivo, entra en el Hemiciclo
Luis Tudanca, en una imagen de archivo, entra en el Hemiciclo - PSOE
Europa Press Castilla y León
Actualizado: miércoles, 30 abril 2025 13:25

VALLADOLID 30 Abr. (EUROPA PRESS) -

La designación del portavoz del Grupo Socialista, Luis Tudanca, como senador por Castilla y León cerrará el pleno ordinario que continúa este miércoles, 30 de abril, y que incluye también la toma en consideración de la proposición de ley para modificar la Ley del Ruido que registraron hace casi un año los grupos Popular y Vox, entonces socios de Gobierno, tras la inadmisión para enmendar la norma vía proyecto ley de Medidas.

Luis Tudanca será nombrado senador por designación de las Cortes de Castilla y León en sustitución del salmantino Fran Díaz, que el martes 22 de abril se despidió del escaño que ocupaba en la Cámara alta desde 2019.

Los socialistas no tendrán problemas para sacar adelante la elección de Tudanca como senador autonómico fruto de la modificación de la Ley que regula el procedimiento de designación de los senadores de representación autonómica aprobada el 26 de octubre de 2022 y que fue impulsada por PP y Vox, entonces socios de gobierno.

En virtud de este cambio los senadores pueden ser designados con independencia del número de votos válidos que obtengan, a diferencia del anterior sistema, por el que los tres senadores se votaban en bloque y sólo cabía el 'no', el 'sí' o la abstención para todos, que necesitaban mayoría absoluta en una primera vuelta y simple en una segunda votación.

De hecho, el anterior sistema llevó al PSOE a votar en contra del propio Fran Díaz puesto que los socialistas no compartían la propuesta del PP, que llevó a la Cámara alta a Vidal Galicia y al vitoriano empradonado en Sotosalbos (Segovia), Javier Maroto. Los socialistas habían hecho lo mismo en la legislatura precedente cuando votaron en contra de sus entonces dos candidatos --Teresa López y Díaz-- para no dar el sí a Javier Maroto.

Según argumentó Raúl de la Hoz, portavoz del Grupo Popular en la tramitación de la modificación de la designación de senadores que se aplicará hoy, el cambio impedirá una situación de bloqueo en el hipotético caso de que los socialistas decidiesen nombrar senador autonómico a Luis Tudanca.

"El PSOE, con independencia del número de votos podrá designar a Tudanca con el único voto de Ana Sánchez", insistió entonces a modo de ejemplo de las prerrogativas de la nueva la norma que no ha cambiado otros requisitos establecidos en la ley como que el candidato sea ciudadano de Castilla y León.

Tudanca presentó su candidatura a la Secretaría del PSOE de Castilla y León el 29 de agosto de 2014, fue elegido en Primarias el 4 de octubre y ratificado como secretario general en un Congreso Extraordinario celebrado en Valladolid el 18 de octubre del mismo año, cargo que revalidó en sucesivos congresos hasta que el pasado 7 de enero renunció a presentar su candidatura para volver a liderar el partido convencido de que era "lo mejor para el PSOE de Castilla y León" para que esté "más unido", se "renueve" y lleve a un "cambio" en la Junta.

VOX, A FAVOR TOMAR EN CONSIDERACIÓN LA PL DEL RUIDO QUE IMPULSÓ

Este pleno de las Cortes contempla por otro lado la toma en consideración de la Proposición de Ley para modificar la Ley del Ruido que registraron el 29 de abril de 2024 los grupos Popular y Vox, entonces socios en la Junta. El portavoz del Grupo Parlamentario Vox, David Hierro, ha confirmado el voto a favor de su partido en la toma en consideración de este texto en "coherencia" con lo que impulsaron cuando eran socios de Gobierno del PP.

PP y Vox coincidieron entonces en que tras quince años en vigor la Ley del Ruido requiere varias modificaciones para adaptarse a la realidad social y al marco normativo en vigor a nivel europeo y estatal, así como a la evolución de la tecnología en los últimos años. A esto añadieron la necesidad de dar seguridad jurídica a las administraciones y a los operadores directamente afectados por su aplicación.

Los dos partidos recordaron que la norma vigente trata por igual a todos los municipios con independencia de su población por lo que veían conveniente modificar el artículo 21 para eliminar la obligación de revisar cada cinco años los mapas de ruido en los municipios con menos de 20.000 habitantes y dejarlo a criterio municipal "si se hubieran producido cambios significativos en la estructura urbana y las potenciales fuentes de ruido".

Y en los artículos 28 y 29 propusieron modificar el régimen previsto para las viviendas unifamiliares en los municipios con menos de 10.000 habitantes para dejar al criterio técnico la valoración de la existencia de impactos acústicos en el emplazamiento de la vivienda sobre la base de un informe acústico elaborado por el proyectista, lo que simplifica la obtención de la licencia urbanística y reduce su coste, aseveran los proponentes.

En el caso de los artículos 31, 34 y 40, sobre realización de obras en vías públicas y cumplimiento de niveles acústicos de la maquinaria utilizada en estas, buscaban adaptarlos a las condiciones reales y a las posibilidades de mantenimiento de los equipos.

Y explicaron por otro lado que la modificación de los artículos 49 y 53 tiene su origen en la pandemia COVID tras la que han proliferado los ámbitos de ocio exteriores a los locales y se han iniciado por parte de los ayuntamientos la declaración de Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), con una "abundante casuística".

"A la luz de la experiencia, con esta modificación se pretende mejorar la seguridad jurídica de esas declaraciones, tanto para los vecinos residentes en las zonas afectadas como para los titulares de las actividades generadoras de ruido", detallaron los grupos proponentes.

Finalmente, se introducen otros ajustes para adaptar la ley a la nueva normativa básica y a las interpretaciones jurisprudenciales contenidas en sucesivos pronunciamientos y para subsanar diversos errores materiales y una disposición adicional duodécima sobre referencias a las normas UNE, EN o ISO, se deroga la disposición final segunda que permitía la modificación de anexos por decreto, y se modifican la mayor parte de los anexos, como el anexo II para adaptar los valores límite de los niveles sonoros ambientales de las áreas especialmente ruidosas a la normativa básica.

En el caso del anexo III es para mejorar la definición de los tipos de actividades; en el anexo IV para corregir la fórmula del valor de la aceleración de referencia; en el anexo V para corregir diversos extremos técnicos y el anexo VII para incluir el centímetro como unidad de medida de las pantallas de televisión y ordenador, manteniendo el uso de la "pulgada", utilizada normalmente por fabricantes y comercios.

En la parte final de la ley, la disposición adicional establece un plazo para la adaptación de las zonas acústicamente saturadas a las nuevas condiciones mientras que la disposición derogatoria se limita a la cláusula de derogación residual. Y la disposición final primera prevé la inmediata entrada en vigor de la ley, de forma coherente con la urgencia de su contenido, y la segunda habilita a la Junta de Castilla y León para su desarrollo y aplicación.

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