TSJCyL confirma condena al alcalde de Hoyocasero por edificar una vivienda sin licencia

Archivo - Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Burgos.
Archivo - Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Burgos. - TSJCYL. - Archivo
Europa Press Castilla y León
Actualizado: sábado, 19 julio 2025 11:03

ÁVILA 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena al actual alcalde de Hoyocasero (Ávila), Iván Picós, y su padre y anterior regidor de la villa, Jorge, por un delito contra la ordenación del territorio, a las penas de un año de prisión y un año y seis meses de cárcel, respectivamente, y a demoler el primero la construcción ilegal realizada y devolver el lugar a su estado original, según la información del Gabinete de Prensa del Alto Tribunal castellanoleonés recogida por Europa Press.

En su fallo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, ha desestimado los recursos de los condenados y ha confirmado en todos sus términos la condena impuesta por la Audiencia de Ávila, que, amén de las citadas penas privativas de libertad para ambos, incluye en el caso del primero inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena, una multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros y la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio relacionados con la promoción y construcción de inmuebles durante el plazo de un año, mientras que se mantiene también en el caso del padre su inhabilitación especial para empleo o cargo público por espacio de nueve años y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y el pago de una idéntica multa que su hijo.

Los hechos sucedieron cuando el actual regidor de Hoyocasero, propietario de una parcela en la localidad abulense, amparándose en una licencia de obra concedida por el entonces alcalde y padre del anterior para la ampliación de una caseta de aperos, promovió y ejecutó la construcción de una edificación de obra nueva destinada a uso residencial, a sabiendas de que este uso no estaba incluido en la licencia y además no podía ser autorizado, por estar prohibido al tratarse de suelo urbanizable.

La edificación se encuentra ubicada en una zona de la parcela distinta y alejada del lugar donde se encontraba una pequeña caseta original y se trata de una nueva construcción aislada, con varias ventanas, puerta de entrada, porche de acceso y en su interior una habitación inicial con chimenea, tres habitaciones y tomas de entrada y salida de agua, además de preinstalaciones de luz, con "tipología y volúmenes propios de una edificación aislada de uso residencial", cita la sentencia.

En el mes de febrero de 2018 se recibió en el Ayuntamiento de Hoyocasero una denuncia anónima en la que se alertaba de la construcción de esta vivienda "sin las oportunas autorizaciones administrativas", acompañada de una fotografía.

Ante la denuncia, el entonces alcalde, que conocía que su hijo estaba ejecutando una edificación en el paraje indicado, en lugar "de cumplir con su obligación de realizar una inspección del lugar o bien ordenar al arquitecto municipal que lo hiciera", asegura la sentencia, decidió informar a los concejales de que la obra nueva tenía licencia de obras, cuando no era cierto, por lo que se le acusa de "incumplir con su obligación de ordenar la inspección de la obra denunciada, a sabiendas de que la obra nueva que estaba realizando su hijo carecía de licencia de obra para uso residencial".

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