La Audiencia de Barcelona ve válida la partida de nacimiento de un menor extranjero para determinar su edad

Radiografia, Hueso
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 27 marzo 2015 22:27

BARCELONA, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Barcelona ha considerado válida la partida de nacimiento de un menor extranjero para determinar su edad en una sentencia de este jueves donde estima el recurso de apelación interpuesto por un menor a la Dirección General d'Atenció a la Infància i a l'Adolescència (DGAIA) de la Generalitat.

La Audiencia considera en su escrito que el demandante, que aportó un certificado de nacimiento y, posteriormente, un pasaporte, acreditando que tenía 16 años y 10 meses, "debió quedar bajo la protección que la ley dispensa a los menores no acompañados".

No obstante, el tribunal critica que a la DGAIA le sometió a pruebas médicas, y que "la diferencia de edad apreciada según los médicos forenses --más de 18 años-- y la que hoy el recurrente manifestaba, coincidente con la que constaba en el certificado de nacimiento, era escasa".

El pasado 14 de julio, el Tribunal Supremo sentó doctrina sobre las pruebas de determinación de la edad que se realizan sistemáticamente a los menores extranjeros no acompañados que están en España.

La Sala dice que no pueden hacerse de forma indiscriminada y menos, cuando los niños cuentan con un documento válido de su país de origen que acredita su edad.

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