Dos Mossos heridos de escopeta no recurrirán al Supremo porque no pueden pagar el recurso

Juicio Por El Asalto A Un Prostíbulo En Barcelona
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 5 julio 2012 20:00

BARCELONA, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Asociación para la Integración Laboral-Mossos d'Esquadra con discapacidad (Ail-Med) ha anunciado que no recurrirá ante el Tribunal Supremo una sentencia que absuelven a la Generalitat de la responsabilidad civil por las heridas de escopeta de dos agentes en servicio porque no pueden pagar los costes del recurso.

La sentencia absolvía de la responsabilidad civil a la Generalitat y condenaba a los coautores de la agresión a 17 años de prisión además de una indemnización de 27.065 euros a uno de los agentes y de 51.679 al otro.

El juez exculpó a la Generalitat al considerar que su responsabilidad no se derivaba de los delitos en juego, y además argumentaba que el escrito de la acusación no expresaba en los fundamentos jurídicos este extremo y en el relato de hechos solo se inducía "algún elemento de relación".

Según ha declarado a Europa Press el presidente de Ail-med, Àngel Gómez, la indemnización es "una cantidad irrisoria" porque estos dos agentes tendrán que convivir de por vida con el plomo en su cuerpo --recibieron múltiples impactos de perdigones--, por lo que solicitaban 1.500.000 y 500.000 euros respectivamente.

La asociación se opone al fallo porque no tiene en cuenta que el teléfono de emergencias 112 ofreció "una información sesgada" a los agentes, con lo que acudieron al lugar del suceso sin ir bien preparados ni llevar chalecos antibalas.

Deploran que el recurso frente al Supremo les costaría 48.000 euros en caso de que lo desestimaran porque deberían pagar las costas del juicio --que incluye pagar a los letrados de las partes--, una cantidad que los agentes perjudicados no pueden asumir, por lo que han decidido optar por otras vías.

Gómez ha avisado de que una vez la sentencia sea firme, iniciarán un proceso administrativo para hacer una reclamación patrimonial de lo solicitado inicialmente por la acusación popular ejercida por Ail-med.

LA SENTENCIA

La Audiencia de Barcelona condenó a los dos acusados por disparar a dos agentes de los Mossos d'Esquadra en marzo de 2010 tras haber asaltado con rifles modificados un prostíbulo regentado por ciudadanos chinos en el Eixample de Barcelona.

Aunque, según las víctimas, sólo se produjo un disparo, el juez condenó a ambos por un delito de robo con violencia e intimidación, un delito de asesinato en grado de tentativa o de atentado, y un delito de tenencia ilícita de armas, según la sentencia.

El magistrado consideró probado que cuando los agentes llegaron al lugar, los procesados, Ovidu B. y Dragos E., de nacionalidad rumana, habían escapado por la terraza, saltaron una valla de dos metros y se escondieron en el lateral del patio.

Cuando los mossos llegaron y vieron unas siluetas en la penumbra les gritaron que eran policías, momento en que los ladrones les dispararon "con la intención de matar" y lograron fugarse.

Estos agentes no llevaban chalecos antibalas porque el coche policial no estaba bien equipado, con lo que recibieron múltiples impactos en el torso, el rostro y los brazos y, aún tienen pólvora en el cuerpo porque este tipo de sustancia permanece en el organismo humano de por vida y puede afectar a su salud mental.