Entra en vigor el lunes el nuevo Fondo de garantía de pensiones y prestaciones de la Generalitat

Josep Lluís Cleries
CIU
Actualizado: domingo, 1 mayo 2011 15:05

BARCELONA, 1 May. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Bienestar Social y Familia ha anunciado que este lunes entra en vigor el nuevo Fondo de garantía de pensiones y prestaciones, que ayudará a compensar la situación de precariedad en que se encuentran familias con pocos recursos cuando no reciben la pensión compensatoria o alimenticia que tienen asignada judicialmente.

El conseller de Bienestar Social y Familia, Josep Lluís Cleries, ha asegurado que este fondo de garantía nació con la ley de apoyo a las familias de 2003, pero que el tripartito "nunca lo desplegó y, posteriormente, lo incluyó en la ley contra la violencia machista".

Cleries ha añadido que en el marco de esa ley el tripartito fue aplazando el decreto que tenía que desplegar el fondo, "hasta que a final del año pasado aprobó el decreto que establecía su entrada en vigor en mayo".

Por tanto, Cleries ha asegurado que el Govern cumple el plazo y entra el vigor fondo que, según él, conseguirá que haya más corresponsabilidad parental entre las ex parejas y sus hijos, al tiempo que contribuirá en la lucha contra la violencia económica en el marco de la familia.

Para acogerse al fondo, se tendrá que rellenar una solicitud, acompañarla de la documentación correspondiente y presentarla en cualquier oficina de la Generalitat; y pueden acceder aquellas personas que no estén cobrando una pensión reconocida judicialmente, así como los hijos con un grado igual o superior de discapacidad del 65 por ciento.

Las prestaciones económicas que proceden del fondo son consideradas una ventanilla que la administración recuperará, y una vez la persona solicita la presentación, la Generalitat ofrecerá un periodo voluntario para que la persona deudora pague su deuda, y si no lo hace la Agencia Tributaria de Catalunya ejecutará ese cobro.

El fondo cubre el importe mensual de las pensiones impagadas que se hayan establecido por vía judicial, hasta un máximo del 50 por ciento del Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya, y en el caso de las pensiones de alimentos, como el fondo de garantía es complementario al del Estado, se deducirá el importe reconocido por el fondo estatal.

El periodo máximo de cobro de esta prestación es de 18 meses, ya sea de forma continua o discontinua.