BARCELONA 20 Feb. (EUROPA PRESS) -
Un juzgado del Contencioso administrativo de Barcelona ha anulado una multa de 100 euros a un participante de la protesta 'No Vull Pagar' al considerar que ayudar a una entidad mercantil "escapa a las finalidades" del Servei Català de Trànsit (SCT).
El magistrado ha afirmado que "no entiende la actitud de la administración en sancionar simplemente por el hipotético incumplimiento de una obligación civil" como tampoco entiende la actitud de la administración que acude en ayuda o auxilio de una entidad mercantil, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
A criterio del magistrado, el pago del peaje es una cuestión civil que se ha "criminalizado" en sentido administrativo para favorecer los intereses privados de grandes compañías mercantiles sin que haga falta entrar en este tema por escapar de la cuestión planteada.
Asimismo el Contencioso administrativo de Barcelona señala que no cabe recurso contra la sentencia porque es firme, y ha impuesto las costas del proceso al Servei Català de Trànsit.
Con esta resolución, son dos los contenciosos que la asociación de afectados 'No Vull Pagar' ha ganado, según ha explicado este jueves la entidad.