El Parlament recurre la "ilógica" absolución por bloquear la Cámara

Diputados Entrando En El Parlament
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 14 octubre 2014 19:27
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BARCELONA, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Parlament de Catalunya ha presentado un recurso al TS contra la "ilógica" sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió a los acusados del bloqueo al Parlament.

    En concreto a 19 acusados de los delitos contra las altas instituciones del Estado, atentado y asociación ilícita por bloquear la cámara catalana el 15 de junio de 2011.

   El recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, "no alcanza a comprender" por qué los magistrados tienen en cuenta la testificación de los diputados afectados para identificar que los acusados se encontraban en el lugar de los hechos, pero que no valga, en cambio, para identificarles como autores de los delitos imputados.

   "Pueden tomar como válido el testimonio de los testigos para establecer los hechos probados, pero luego, los rechaza para fijar la autoría de los acusados", critica el escrito.

   El fiscal pedía hasta cinco años de cárcel a los acusados por el ataque al coche del presidente de la Generalitat, Artur Mas y, a otros, por increpar y acorralar mediante amenazas e insultos al diputado invidente de CiU Josep María Llop, y golpear "repetidas veces con los brazos en alto" al entonces diputado Alfons López Tena (SI).

   También sufrieron el acoso, según el Ministerio Público, los diputados Joan Boada (ICV), Gerard Figueras (CiU), Ernest Maragall (entoces del PSC), Ana Isabel Marcos (CiU), Salvador Milà (ICV) y Santi Vila (CiU), que, junto con los anteriormente citados, testificaron contra los manifestantes realizando identificaciones.

   Para la institución del Parlament, dice el recurso, el testimonio de estos diputados no fue contradicho por otras pruebas --los imputados se negaron a declarar-- y "habiendo escuchado a los testigos que los incriminaban, podían haber dado algún tipo de explicación o justificación de por qué estaban allí".

   La setencia rechaza, según el recurso del Parlament, "de forma ilógica e inmotivada" la prueba testifical que los testigos describen directamente.

DERECHO DE MANIFESTACIÓN

   La sentencia de la Audiencia concluye que los manifestantes "ejercieron el derecho fundamental de manifestación, sin que pueda imputárseles acto alguno que pudiera significar un exceso o abuso".

   Dice, además, que "no existen pruebas" que apunten a la comisión de los delitos imputados y agregan que las conductas que se atribuyen a la mayoría de ellos consistieron en participar en la manifestación convocada en protesta por los recortes, permaneciendo en el lugar que las fuerzas de seguridad habían clausurado mediante el cierre de las puertas de acceso al parque que rodea la sede del Parlament y encontrándose por ello con alguno de los parlamentarios.

   La sentencia recurrida especifica que la libertad de expresión y el derecho de manifestación y de reunión "gozan de una posición preferente en el orden constitucional" y por ello, debe ser objeto de una especial protección".

   El recurso del Parlament insiste en que "no es lógico" que pudiendo identificar a los acusados en el lugar por grabaciones y testificaciones y teniendo la prueba testifical que asegura que les impidieron la entrada a la Cámara con violencia, increpándolos y con amenazas les absuelva de los delitos imputados por lo que ruega acepte el recurso por un error en la sentencia.