El juez conservador Zapata disiente y cree que la prórroga de Casas es "inconstitucional"
BARCELONA/MADRID, 25 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) confirmó hoy su competencia para pronunciarse sobre los recursos contra el Estatut, alegando que mantiene su "imparcialidad" para abordarlo y que no le corresponde abordar la renovación de sus integrantes, un tercio de los cuales --entre ellos su presidenta, María Emilia Casas-- concluyeron su mandato en diciembre de 2007.
En siete autos notificados hoy, rechaza los recursos de súplica interpuestos por la Generalitat y el Parlament relativos a la competencia del órgano para sentenciar sobre el Estatut, confirmando así su legitimidad para seguir deliberando sobre este asunto y dando carpetazo a todas las iniciativas presentadas por la Generalitat para evitar la aprobación de una sentencia.
Las resoluciones dictadas hoy por el TC rechazan la existencia de "circunstancias" que hayan provocado "una pérdida de la apariencia de imparcialidad" del tribunal, como alegaban los recurrentes, al entender que cualquier apreciación en este sentido debería aplicarse a "sus miembros individualmente considerados" a través del trámite de la recusación.
A juicio del TC, la supuesta pérdida de imparcialidad "en ningún caso puede predicarse del tribunal en cuanto órgano llamado a ejercer su función de control de constitucionalidad de la ley, y sin que, desde luego, pueda extraerse del sentido del voto de cada magistrado en los asuntos ya sometidos al enjuiciamiento del tribunal". De esta forma, concluye que su continuidad en el ejercicio de su jurisdicción sobre el Estatut "no es cuestionable" ni afecta al derecho al juez predeterminado por la ley, como alegaron las instituciones catalanas.
Sobre el argumento de que no ha cumplido su "mandato constitucional" de renovar a los miembros, el TC recuerda que "en modo alguno es imputable a este tribunal ni a sus miembros, ni puede afectar al deber institucional del tribunal de ejercer la jurisdicción que tiene atribuida, ni a la continuidad de ese ejercicio".
Aunque los autos no se refieren explícitamente a las Cortes, de las que depende la renovación de los miembros, recuerdan que la Ley Orgánica del TC (LOTC) establece "la prórroga de funciones de los miembros del tribunal hasta la toma de posesión de quienes hayan de sustituirles, impidiendo así el menoscabo de la jurisdicción constitucional que forzosamente habría de producirse si, como se pide por la parte, este tribunal se declarase incompetente para conocer del presente recurso de inconstitucionalidad".
De igual modo, sostienen que el hecho de que el recurso de inconstitucionalidad se dirija contra disposiciones que forman parte de un estatuto de autonomía que ha sido sometido a referéndum no puede tener "ninguna incidencia" en la competencia del tribunal.
Los autos cuentan con el voto particular del magistrado Jorge Rodríguez Zapata, quien defiende que "afirmar, como hace el auto, que el tribunal no es responsable de la falta de renovación de una parte de sus miembros y destacar de forma insistente que las dos cámaras de nuestras Cortes Generales incumplen sus obligaciones constitucionales al respecto resulta innecesario para enjuiciar la cuestión de fondo".
Zapata, del sector conservador, defiende que la prórroga en el mandato de los magistrados del TC es "una opción del legislador constitucionalmente impecable", aunque no así la de la presidenta, cuya renovación "resulta inconstitucional", a su juicio, por "no respetar" la duración del mandato de tres años que establece el artículo 160 de la Constitución y por "sustraer al Pleno la competencia de elegirla, sin que pueda encontrarse algún fin constitucionalmente atendible que lo justifique".
Tras indicar que la prórroga automática no debería aplicarse a la presidenta, que fue elegida por los miembros del Constitucional "bajo el imperio de una norma anterior que no preveía un automatismo en la prórroga de su mandato", Rodríguez Zapata da la razón a la Generalitat e indica que en el caso de Casas sí es aplicable su reclamación para contar con "el juez ordinario predeterminado por la ley".
DEBATE DE LA PONENCIA, EL LUNES
El miércoles, el TC rechazó también tramitar un segundo recurso de súplica presentado por la decisión de este órgano de no reincorporar en sus deliberaciones al magistrado Pablo Pérez-Tremps, que fue apartado a propuesta del PP.
La confirmación de la competencia se produce tras concluir el plazo a la Abogacía del Estado, al Congreso, al Senado y a los siete recurrentes (PP, Defensor del Pueblo y las comunidades de Aragón, Murcia, La Rioja, Baleares y Valencia) para que se pronunciaran sobre las pretensiones del Ejecutivo y el Legislativo catalanes. Una vez solventadas estas cuestiones, el TC tiene vía libre para entrar a debatir el lunes la ponencia elaborada por Casas para poder sentenciar.
Según fuentes del TC, este borrador asume con algunas modificaciones las mismas tesis que la que elaboró en su día la magistrada del sector progresista Elisa Pérez Vera --que fue rechazada por 6 votos a 4-- respecto a los aspectos más polémicos de la norma, tales como la inclusión del término 'nación' en el Preámbulo o los preceptos referidos al uso de la lengua catalana y la bilateralidad de las relaciones entre la comunidad y el Estado.
En previsión de que no pudiera alcanzarse el consenso necesario para aprobar su ponencia --que podría incluir 13 declaraciones de inconstitucionalidad y el sometimiento a interpretación de otros 24 preceptos--, la presidenta someterá su texto a una votación por bloques, pues su objetivo de lograr que haya sentencia antes del próximo verano, según manifestó ella misma hace unas semanas a un grupo de periodistas.