El TSJC devuelve la causa de los 'síndics' del 1-O al juzgado penal sin aplicar la amnistía

Archivo - La consellera de Igualdad y Feminismos, Tània Verge, ofrece declaraciones a los medios a su llegada a la Ciutat de la Justicia, a 12 de abril de 2024, en Barcelona, Catalunya (España)
Archivo - La consellera de Igualdad y Feminismos, Tània Verge, ofrece declaraciones a los medios a su llegada a la Ciutat de la Justicia, a 12 de abril de 2024, en Barcelona, Catalunya (España) - David Zorrakino - Europa Press - Archivo
Europa Press Catalunya
Publicado: viernes, 21 noviembre 2025 14:30

BARCELONA 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que recibió la causa de los 'síndics' del referéndum 1-O del Juzgado de lo Penal 11 de Barcelona, la ha devuelto al juzgado para que el titular aclare el aforamiento de Tània Verge, actualmente diputada de ERC, y sin aplicarles la ley de amnistía.

Se trata de la causa contra los miembros de la Sindicatura Electoral de Catalunya --Marc Marsal, Jordi Matas, Marta Alsina, Tània Verge y Josep Pagés--, para la celebración del referéndum de independencia del 1 de octubre de 2017.

Según ha avanzado 'VilaWeb' y han informado fuentes judiciales a Europa Press, el tribunal ha pedido al titular del Juzgado de lo Penal 11 de Barcelona que haga una nueva exposición razonada de por qué considera que toda la causa debe ser juzgada por el TSJC.

Sobre el motivo por el que no ha entrado a valorar la aplicación de la ley de amnistía, esgrime que lo tendrá que hacer el tribunal competente cuando se determine cuál es.

Los 'síndics' fueron juzgados y absueltos en 2021 por el Juzgado de lo Penal 11 de Barcelona, cuando ninguno de ellos era aforado, y absueltos de los delitos de desobediencia y usurpación de funciones públicas de los que estaban acusados.

Sin embargo, la Audiencia de Barcelona anuló la absolución y ordenó repetir el juicio, como pidió la Fiscalía, que solicitaba para ellos 2 años y 9 meses de cárcel.

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