El TSJC resuelve que Jucil no estaba legitimada para pedir aplicar el 25% de castellano

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.
Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona. - DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: jueves, 19 mayo 2022 17:50

Sí acepta que se persone el padre de un alumno por su condición de usuarios de una escuela

BARCELONA, 19 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado que la asociación de guardias civiles Jucil se persone como afectada para pedir la ejecución forzosa --ya ordenada-- de la sentencia que obliga a impartir al menos un 25% de clases en castellano, al considerar que no está legitimada para participar en el procedimiento, según un auto consultado por Europa Press.

Jucil había pedido la ejecución forzosa de la sentencia antes de que el tribunal la ordenara el lunes de la semana pasada a petición de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), en la que sí apreció legitimidad para participar en la causa.

En su petición, Jucil también reclamó una indemnización de 450 euros para los padres de los alumnos por cada trimestre que no se hubiera aplicado la sentencia en las escuelas catalanas, lo que queda descartado al rechazarse su intervención en el procedimiento.

Ahora, el tribunal responde a Jucil que la legitimidad de una asociación para incorporarse a un procedimiento judicial está vinculada a la defensa de un interés colectivo que esté afectado en la causa, y en cambio la doctrina ha rechazado legitimaciones basadas en "finalidades sociales formuladas de forma genérica e imprecisa".

La asociación consideraba que estaba legitimada para personarse en la causa porque los guardias civiles tienen destino forzoso en Catalunya, y por eso apeló al derecho a la conciliación familiar y a que los hijos de guardias civiles en Catalunya puedan estudiar en castellano.

Dados los argumentos de la asociación y la jurisprudencia en la materia, los jueces del TSJC resuelven que no hay "relación" entre la conciliación de la vida personal que alegaba Jucil y el contenido de la sentencia que pedían ejecutar.

"REPERCUSIONES PRÁCTICAS" EN LAS ESCUELAS

En paralelo, un padre de un alumno pidió al TSJC personarse como parte afectada para pedir la ejecución de la sentencia, y en este caso el tribunal sí ha aceptado su solicitud.

Los magistrados sustentan la decisión en que la ejecución de la sentencia "tendrá repercusiones prácticas en los centros individualmente", y aprecian que tanto los alumnos como sus padres quedarán afectados por el cambio en las escuelas.

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