BARCELONA 10 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha "suspendido" temporalmente los servicios mínimos establecidos por la Conselleria de Justicia ante la huelga indefinida que mantienen los funcionarios del sector desde principios de septiembre.
En un auto de este miércoles al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJC ha estimado la petición de medidas cautelares de CC.OO. contra la decisión del Govern de incrementar hasta el 60% los servicios mínimos en el Decanato de Barcelona por el "embudo" que sufrieron los juzgados catalanes en los primeros días de huelga.
"En el supuesto de una sentencia estimatoria de este recurso (el interpuesto por CC.OO.), el derecho a la huelga se habría visto vulnerado", recoge el auto, y considera procedente adoptar la medida cautelar solicitada por el sindicato, ya que el TSJC aún no ha valorado si este aumento vulnera un derecho fundamental, como considera el sindicato.
Así, obliga a la Generalitat a volver a los servicios mínimos establecidos por la Orden de 29 de agosto de 2013 --previa al inicio de la huelga-- e insta a la Administración y a la Fiscalía a alegar lo que estimen conveniente respecto a las medidas cautelares acordadas en el plazo de tres días.
Tras un primer atasco de los juzgados, el Govern acordó una nueva orden sobre los servicios mínimos en la Administración de Justicia que los incrementaba hasta un 60%, lo que supuso una "normalización" que el conseller de Justicia, Germà Gordó, celebró el 4 de octubre.
CC.OO. interpuso un recurso administrativo contra esta decisión y solicitó la impugnación de esta nueva Orden, por lo que el TSJC ha decretado la suspensión como medida cautelar.