Alicante da luz verde a la ordenanza contra el ruido con sanciones de hasta 300.000 euros

El concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Alicante, Adrián Santos Pérez
El concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Alicante, Adrián Santos Pérez - AYUNTAMIENTO ALICANTE
Publicado: martes, 14 marzo 2023 18:47

Compromís pedirá en el pleno aplicar un ZAS, UP afea la aprobación antes de elecciones y el PSPV critica la "desastrosa" gestión

ALICANTE, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

La junta de gobierno del Ayuntamiento de Alicante ha dado luz verde a la ordenanza de protección contra la contaminación acústica y vibraciones --conocida como ordenanza contra el ruido--, que impulsa la conciliación del ocio con el descanso vecinal. Las quejas vecinales podrán provocar el inicio de expedientes sancionadores, con un régimen de multas que va de los 600 a los 300.000 euros.

Así lo ha anunciado este martes en rueda de prensa posterior a la junta el concejal de Urbanismo, Adrián Santos Pérez, quien ha detallado el nuevo texto --impulsado por las concejalías de Urbanismo y Medio Ambiente-- que revisa y actualiza la ordenanza que se aprobó en marzo de 2019, informa el consistorio.

El proyecto aprobado se somete ahora a un periodo de enmiendas, antes de pasar a aprobación provisional en el pleno municipal --el objetivo del equipo de gobierno es aprobarla el 30 de marzo en pleno ordinario-- y después a exposición pública.

Los planes de acción que se aprueben por el Ayuntamiento tienen como objetivo identificar las áreas acústicas existentes en el municipio, en función del uso que sobre las mismas exista o esté previsto, y sus condiciones acústicas. Además, pretende establecer medidas preventivas y correctoras frente a la contaminación acústica, constatada en los mapas, para que los niveles sonoros cumplan los objetivos de calidad acústica.

Para la mejora acústica progresiva del medio ambiente en las zonas de protección acústica especial se elaborarán planes acústicos municipales de ámbito zonal. Estos planes también se adoptarán en zonas lindantes con vías de comunicación en las que se superen los niveles fijados legalmente, y en las que existan "numerosas actividades" destinadas al uso de establecimientos públicos, actividades recreativas, y actividades socioculturales y espectáculos públicos, así como niveles sonoros "producidos por la superposición de las múltiples actividades existentes" y por la actividad de las personas que utilicen estos establecimientos.

Estos planes contendrán las medidas correctoras que deban aplicarse a los emisores acústicos y a las vías de propagación, y los responsables de su adopción. El objetivo es disminuir el nivel sonoro en el ambiente exterior hasta situarlo por debajo de dichos valores. La ordenanza otorga una herramienta para elaborar un plan zonal que determine el grado de contaminación acústica.

REDUCCIÓN DE HORARIOS DE CIERRE

En cuanto a las declaradas como Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE), Zonas de Situación Acústica Especial (ZSAE) o Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), la ordenanza indica que se podrán acordar "determinadas medidas para conservar los niveles de calidad acústica".

En función del uso, estas medidas deben incluir la reducción de horarios de carácter temporal en función de la ordenanza. En la resolución se deberá indicar la zona y/o establecimientos afectados, la reducción del horario de cierre acordada y la duración de la misma.

"Esta nueva normativa faculta al Ayuntamiento a la reducción temporal del horario general de cierre de los espectáculos públicos, actividades recreativas y socioculturales y establecimientos públicos por molestias a los vecinos y ante el posible incumplimiento de las medias preventivas", ha resaltado el concejal, quien ha precisado que se trata de "conciliar adecuadamente el derecho a la libre actividad de esparcimiento con la necesaria protección vecinal frente al desarrollo normal de la actividad económica del sector del ocio".

ACTIVIDADES "ALTAMENTE PRODUCTORAS DE NIVELES SONOROS"

Por otra parte, las actividades consideradas como "altamente productoras de niveles sonoros" deberán contar, "independientemente de las medidas de insonorización general", con un vestíbulo de entrada, con doble puerta de muelle de retorno a posición cerrada, que "garantice en todo momento el aislamiento necesario en fachada, incluidos los instantes de entrada y salida", además de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad.

Las personas, físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos deberán velar para que los usuarios, al entrar y salir del local, "no produzcan molestias al vecindario". Para ello, se dispondrá de un responsable del local en la puerta, ha señalado.

En las Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE), zona de Situación Acústica Especial (ZEAE) o de Zona Acústicamente Saturada (ZAS), podrá adoptarse como medida cautelar o correctora la suspensión de las autorizaciones, por el tiempo previsto o determinado en la misma.

También se podrá decretar la suspensión temporal de las autorizaciones. La normativa señala que no se podrán instalar aparatos reproductores de imagen y/o sonido en terrazas o al aire libre, ni tampoco en el interior del local con destino al exterior del mismo

SANCIONES

En cuanto al régimen sancionador de la ordenanza, las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. Las leves serán tramitadas por el Ayuntamiento y recogen multas de hasta 600 euros.

Las infracciones graves suponen multas desde 601 euros hasta 12.000 euros, con posibilidad de suspensión de la licencia ambiental con o sin impacto ambiental u otros instrumentos de intervención ambiental en las que se hayan establecido condiciones relativas a la contaminación acústica, por un período de tiempo comprendido entre un mes y un día y un año. Además, se contempla la clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones por un período máximo de dos años.

Por último, las consideradas muy graves son las tipificadas en el artículo 55 de la Ley 7/2002, de 3 diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica y en el artículo 28 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Serán sancionadas con una multa desde 12.001 a 300.000 euros y con la retirada definitiva de las licencias o autorizaciones correspondientes.

CRÍTICAS DE LA OPOSICIÓN

Los grupos de izquierdas de la oposición (PSPV, Unides Podem y Compromís) se han mostrado críticos con esta ordenanza. El portavoz socialista en el Ayuntamiento, Miguel Millana, ha criticado que el bipartito (PP-Cs) pidió a la oposición hacer alegaciones "sin conocer aún el contenido de la ordenanza", pese a que tenían un borrador que había sido modificado. "Ahora se nos quiere hacer responsables de los cinco años perdidos por este Ayuntamiento y que le hagamos el trabajo a Barcala cuya gestión es desastrosa", ha denunciado.

En la misma línea, el portavoz de UP, Xavier López, ha afeado que el equipo de gobierno reactive la aprobación de esta ordenanza "a poco menos de dos meses de las elecciones municipales". "Es el modelo de ciudad del PP lo que ha llevado al centro histórico a convertirse en un parque temático, una zona en la que los vecinos son expulsados de sus viviendas por los apartamentos turísticos, alquileres vacaciones y fondos buitres. Lo que hace falta no es solo una ordenanza del ruido, que es importante, sino también un cambio de gobierno y de modelo de ciudad", ha añadido.

También por parte de Compromís, su concejal Rafa Mas ha sostenido que los vecinos "quieren soluciones ya" y ha abogado por aplicar un ZAS (Zonas Acústicamente Saturadas), puesto que considera que "hay normativa suficiente". Ha anunciado que llevarán una moción al pleno para aplicarlo "de forma inmediata" y ha pedido limitar los horarios para reducir la "contaminación acústica tan salvaje".

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