La Audiencia Nacional desestima el recurso de la Junta Central contra el cambio de trazado del Júcar-Vinalopó

Actualizado: jueves, 4 febrero 2010 17:15

VALENCIA, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

La sección primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha decidido desestimar el recurso interpuesto por la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y Consorcio de Aguas de la Marina Baja, contra el nuevo trazado del trasvase Júcar-Vinalopó, que lleva a cabo el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM).

En la sentencia, fechada el pasado 10 de diciembre, se rebaten, "uno a uno, todos los argumentos" esgrimidos por la Junta Central contrarios al cambio de trazado, según informó hoy la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) en un comunicado.

La sentencia, en concreto, sostiene que la resolución de la ministra de Medio Ambiente, de fecha 20 de junio de 2007, por la que se modifica el trazado de la Conducción Júcar-Vinalopó, "respetó la normativa ambiental estatal y comunitaria aplicable".

Asimismo, indica que, según todos los informes presentados --incluidos los de la propia Junta Central-- el nuevo trazado "garantiza mayor disponibilidad de caudales a trasvasar" y reconoce, en contra del criterio de los demandantes, que el cambio de línea "sí que tuvo en cuenta la viabilidad económica, técnica, social y ambiental de la obra y que, precisamente por ello, la Comisión Europea decidió co-financiar el nuevo trazado con fondos Feder".

De esta forma, el tribunal no sólo desestima la petición principal que realizó la Junta Central en su demanda, es decir, la anulación del cambio de trazado. Además, desestima la solicitud formulada con carácter subsidiario, en la que se reclamaba la obligatoriedad de que la Administración Estatal estableciera los mecanismos precisos para que los caudales del trasvase sirvieran real y efectivamente para el abastecimiento y el regadío de todos los cultivos en las comarcas del Vinalopó, Alacantí y Marina Baja.

En este sentido, la sentencia explica "claramente" que, resuelto el Convenio suscrito en su día entre Aguas del Júcar y la Junta Central, "no existe título alguno por el que los recurrentes tengan derecho a un determinado uso de los caudales que se transporten por la Conducción".

La CHJ resaltó, al respecto, que éste es "el cuarto revés judicial que recibe la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y Consorcio de Aguas de la Marina Baja en su particular batalla contra el cambio de trazado del trasvase Júcar-Vinalopó". El primero, recordó, fue ante el Juzgado de lo Mercantil de Valencia; el segundo y el tercero ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV); y el cuarto --éste último-- ante la Audiencia Nacional.