VALENCIA 5 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha concluido en un informe que la Generalitat Valenciana tiene competencia en materia de ordenación del territorio y del litoral, para otorgar autorizaciones y concesiones que afecten a los establecimientos expendedores de comidas y bebidas al servicio de las playas de la Comunitat Valenciana, con respeto al régimen general del dominio público.
El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, solicitó el pasado 28 de enero que el CJC clarificara "cualquier duda jurídica al respecto de la interpretación restrictiva que hace el Estado sobre la competencia que tiene la Generalitat sobre la zona marítimo terrestre, y en especial sobre la facultad para conceder autorizaciones y concesiones" a los chiringuitos.
El CJC rechaza "cualquier interpretación restrictiva" del artículo 49.1. 9ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y afirma que este artículo atribuye a la Generalitat la competencia sobre la ordenación del territorio y del litoral.
El informe del CJC sostiene que el mencionado artículo atribuye a la Generalitat la gestión del los títulos de ocupación y uso del dominio público marítimo terrestre, especialmente, el otorgamiento de autorizaciones y concesiones que afecte a los establecimientos expendedores de comidas y bebidas al servicio de las playas de la Comunitat Valenciana, con respeto al régimen general del dominio público.
"No hay razón ninguna para sostener que las Cortes Generales que aprobaron el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana no quisieron dar al título genérico sobre ordenación del territorio y del litoral, competencia exclusiva de la Generalitat, el mismo contenido y alcance que en todo caso tiene en los Estatutos de Cataluña y Andalucía".
Por ello, "debe rechazarse cualquier interpretación restrictiva del artículo 49.1. 9ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana", concluye el documento.