El decreto sobre el uso del valenciano en la administración, en el Supremo al recurrir la Generalitat e Iv su anulación

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Publicado: miércoles, 8 mayo 2019 19:19

VALNCIA, 8 May. (EUROPA PRESS) -

El decreto que regula los usos de las lenguas oficiales (castellano y valenciano) en la administración valenciana ha llegado al Tribunal Supremo (TS), que ha comunicado la admisión a trámite de los recursos de casación interpuestos por la Abogacía de la Generalitat y el sindicato Intersindical Valenciana (Iv) contra la anulación de parte sustancial de la norma que decretó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).

El alto tribunal valenciano declaró el pasado mes de julio la nulidad parcial del Decreto 61/2017 de la Generalitat Valenciana que regula el uso del castellano y del valenciano en la administración pública autonómica.

De este modo, estimaba en parte el recurso interpuesto por dos diputados del Grupo Popular y anulaba 11 artículos y una disposición final que daban un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas, la comunicación entre los empleados públicos y la de éstos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, así como en la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que depende de entidades locales.

Los magistrados de la Sección Cuarta validaron el resto de la norma cuya nulidad íntegra reclamaban los recurrentes, que mantenían que la discriminación positiva a favor del valenciano no garantizaba el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración en la lengua oficial de su elección.

En aquel momento, el Consell ya anunció que estudiaría la posibilidad de recurrir la sentencia, lo que finalmente hizo al "no compartir" los preceptos por los cuales la Sección Cuarta del TSJCV anulaba parcialmente la norma.

En este sentido, desde la Generalitat aludían al artículo 4 del Decreto --que no se ha anulado--, que establece que "el valenciano es la lengua propia de la Administración de la Generalitat y, como tal, será la lengua destacada de uso normal y general, sin que se pueda entender de esta declaración ninguna limitación respecto de la otra lengua oficial", así como que "las referencias que se hacen al uso del valenciano en este decreto se entienden hechos en el sentido mencionado en el apartado anterior".

"Todos los artículos del Decreto 61/2017 contemplan la premisa señalada al artículo 4 del mismo y, por lo tanto, en ningún caso se excluye una lengua oficial respecto a la otra. Todas las referencias que se detallan al Decreto de usos se hacen sin limitar el uso del castellano en la administración de la Generalitat", a su parecer.

Al ser una sentencia no firme el decreto de usos "ha estado y continúa en vigor en todos sus puntos hasta que el TS se pronuncie", añaden.

Por su parte, Intersindical --que también ha conocido hoy el auto de admisión a trámite de su recurso-- ha expresado su satisfacción y se ha mostrado convencida de que el Supremo les dará la razón y declarará válido el decreto.

Según asegura este sindicato en un comunicado, el TS cita explícitamente como objeto que debe resolver que "la cuestión que tiene interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es si, atendidas las circunstancias del caso y la normativa que se predica infringida, resulta ajustada a derecho la anulación de la disposición de carácter general objeto de 'litis', en concreto, si es necesaria la traducción a aquellas comunidades autónomas que comparten el mismo sistema lingüístico".

Intersindical argumenta que el TSJCV "ha dictado sentencias contra su propia jurisprudencia consolidada desde 2005 donde se admite que valenciano y catalán son dos denominaciones de una misma lengua y que eso está de acuerdo con la legislación vigente, o más grave todavía, que con estas sentencias se vulnera la jurisprudencia del Tribunal Constitucional fijada desde la sentencia 75/1997 de 21 de abril, o la del mismo Tribunal Supremo".

"MÁS POLÍTICAS QUE JURÍDICAS"

"Unos hechos que a nuestro parecer, ponen en evidencia la falta de rigor jurídico de estas sentencias que en su momento ya calificamos de políticas mas que jurídicas", aseveran.

En esta línea, el sindicato critica "el uso partidista de la lengua que hizo en su momento el gobierno del PP, que usó a la Abogacía del Estado para recurrir contra el decreto, como también sus mismos diputados en Les Corts o dos entidades afines".

Se trata, creen, de "una política que continua utilizando todavía toda la derecha valenciana en contra de los derechos lingüísticos de los valencianos y las valencianas, que quiere ciudadanos incompetentes e incapaces para expresarse en una de las dos lenguas oficiales y una administración monolingüe, solo en castellano".

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