Gobernación impone 1.465 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat en los diez primeros meses del año

Actualizado: domingo, 22 noviembre 2009 16:28

VALENCIA, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Gobernación impuso un total de 1.465 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana, entre el 1 de enero y el 31 de octubre de este año, tal y como afirmó hoy en un comunicado el secretario autonómico de Gobernación, Luis Ibáñez.

Ibáñez precisó que, en aplicación de la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos, de la Generalitat, del total de sanciones registradas en lo que va de año, 117 fueron 'muy graves' y 1.348 fueron catalogadas como 'graves'.

Respecto a las sanciones catalogadas como 'muy graves', el secretario autonómico de Gobernación concreto que, en su mayoría, "se deben a la falta de colaboración con los agentes del orden, superación de aforo u otro tipo de circunstancia que entrañe riesgo grave para las personas".

Por su parte, entre las sanciones tipificadas como 'graves', la más numerosa fue la de incumplir el horario de apertura y cierre, con 623 sanciones; 196 por carecer de seguro; seguida por la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas sin la correspondiente licencia o autorización, un caso que se repitió en 178.

Asimismo, 82 establecimientos públicos fueron sancionados durante este año por la utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización y 41 locales por vender alcohol a menores de 18 años.

El incumplimiento de las condiciones de seguridad y sanidad que determina la ley fue la causa de la sanción en 105 ocasiones y un total de 38 locales fueron multados por dedicar su establecimiento a otras actividades distintas para las que estuviesen autorizados.

Además, otros 22 locales fueron sancionados por realizar, sin autorización, modificaciones sustanciales en los establecimientos o instalaciones que suponen una alteración de las condiciones de la concesión de la licencia, mientras que en 19 ocasiones se expidieron sanciones por el incumplimiento de las condiciones que garanticen la accesibilidad de las personas con discapacidad a los locales.

La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son 'leves'; las 'graves' pueden ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas 'muy graves', pueden ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta diez años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta diez años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta diez años.