VALENCIA 17 Feb. (EUROPA PRESS) -
El titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de Valencia ha desestimado el recurso interpuesto por la asociación Recuperem la Model contra la resolución del 6 de noviembre de 2007, por la que el Ayuntamiento concedía licencia de obras a la Conselleria de Economía para remodelar la antigua cárcel modelo, según informó en un comunicado el consistorio.
Esta resolución, contra la que cabe recurso de apelación en un plazo de 15 días, se fundamenta en que el 29 de mayo de 2007, el Servicio de Planteamiento informó de que el proyecto presentado se ajustaba al espíritu de planteamiento; y el 2 de julio del mismo año, el arquitecto municipal emitió un informe donde constaba que se justificaba el proyecto al cumplimiento de la normativa urbanística.
Además, agregaba que la iniciativa se adecuaba todas sus especificaciones a las ya previstas en el planeamiento; se determinaba la intervención sobre los edificios protegidos; se justificaba en el proyecto que los locales de uso administrativo que se ubicarán en la planta de sótano 1 resultaban adecuados a la normativa para ubicar piezas habitables bajo rasante.
Así mismo, en cuanto a los aparcamientos, se justificaba el cumplimiento de la Ordenanza Municipal; sobre la ocupación de espacio público bajo rasante, se indicaba que se producía una ocupación en el subsuelo de terrenos que debían destinarse a espacios públicos de dominio municipal; sobre la accesibilidad, se justificaba el cumplimiento de la orden de 25 de mayo de 2004; sobre ruidos y vibraciones, se justificaba el cumplimiento de las condiciones acústicas conforme a la ordenanza municipal de medio ambiente, ruidos y vibraciones, y demás términos que constaban en dicho informe.
Además de ello, constaba informe de la Comisión Municipal de patrimonio respecto a los huecos-ventanas, en el que se indicaba que dado que había sido aprobado el Estudio de Detalle en la manzana donde se ubicaba la antigua cárcel, el proyecto presentado se ajustaba "patrimonialmente" a las condiciones que incluía el citado estudio.
Junto a ello, el magistrado afirma que constaba que, tras alegaciones de la asociación, se emitió un informe por parte del Servicio de Gestión Urbanística donde constaba que el expediente en materia de gestión se ajustaba a la normativa urbanística vigente.
Por ello, estima que las obras que se pretenden ejecutar "son acordes y cumplen con la normativa de planeamiento, sin que las pruebas aportadas por la parte desvirtúen esta afirmación". En consecuencia, el magistrado procede a desestimar el recurso interpuesto contra la resolución del consistorio.