El juez investigará el patrimonio de la exmujer de Crespo al constarle bienes valorados en 900.000 euros

Enrique Crespo
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 22 febrero 2012 18:04

VALENCIA, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

   El titular del juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, Vicente Ríos, ha acordado seguir investigando el patrimonio de la exmujer del exvicepresidente de la Diputación y exalcalde de Manises, Enrique Crespo, al constarle --según la información recabada-- bienes valorados en 900.000 euros, según consta en un auto con fecha de este miércoles.

   De esta manera, el magistrado ha desestimado el recurso interpuesto por el letrado de Crespo contra el auto de fecha 17 de enero de 2012, en el que se acordaba ampliar la investigación patrimonial de Crespo a su exmujer y a sus hijos menores. En el recurso también se pedía que se verificaran los datos suministrados por la Agencia Tributaria, puesto que a su juicio había un "importante error" con respecto al apartado de activos mobiliarios atribuidos a Crespo, que suponían un exceso patrimonial de 432.000 euros.

   Sobre este último punto, el juez ha indicado que si la información facilitada a la Dependencia Regional de Recaudación es errónea, o si existe algún error cometido por este organismo, en su informe se verificará. En cualquier caso, ha acordado hacer un oficio para que se informe si Crespo era titular de valores emitidos por la Generalitat y, en caso afirmativo, saber de cuántos era titular, su valor y desde cuándo ostentaba la titularidad.

   Respecto a la petición de no investigar el patrimonio de la familia de Crespo, el magistrado ha indicado que la denuncia interpuesta por el ministerio fiscal el pasado 27 de diciembre de 2011 fue acompañada por distintos informes. Entre ellos había uno de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de Valencia de la Agencia Tributaria respecto a Crespo; y este informe fue luego ampliado en cuanto a bienes y derechos del imputado.

   En el primer informe se hacía constar que Crespo era titular en pleno dominio de una vivienda ubicada en Manises, gravada con una hipoteca por importe de 57.096,15 euros, y dueño de una plaza de garaje en esta localidad. Igualmente, mantenía en propiedad distintos valores mobiliarios por importe de 561.763,56 euros, entre ellos 48 títulos, cuyo emisor era la Generalitat. El valor de estos títulos era 480.000 euros.

   Además, durante el año 2010, el imputado realizó aportaciones a planes de pensiones de su titularidad; y era titular de un vehículo valorado en 28.000 euros. El informe ampliatorio ponía de relieve que Crespo tenía asimismo dinero depositado a 31 de diciembre de 2010 en seis cuentas por un importe total de 140.510,54 euros.

   Junto a estos informes, se aportaron a la causa operaciones de liquidación de la sociedad conyugal y donación. La primera de las escrituras fue la de donación, y en ella se indicaba que Crespo y su exmujer, padres de tres hijos menores, eran dueños de una vivienda de Valencia, que valoraban en 96.000 euros, de una plaza de garaje por valor de 20.000 euros y de un trastero por 3.000 euros.

   Ambos expusieron igualmente ante el notario que eran dueños de 575 aportaciones obligatorias por un importe de 35.075 euros, y de una imposición a plazo en una entidad por valor de 125.000 euros. Los dos otorgaron donación pura y simple de estos bienes a sus hijos menores.

   Luego, en la propia notaría, los dos acordaron la disolución legal de la sociedad de gananciales y otorgaron escritura de liquidación de la sociedad conyugal. El activo de los bienes gananciales inventariados ascendía a 1.800.000 euros, que dividieron en partes iguales, correspondiendo a cada uno la cantidad de 900.000 euros.

EL REPARTO

   Así, Crespo se quedó con una vivienda, un bungalow, una plaza de garaje, dos vehículos, unos planes de pensiones, dos depósitos y una cuenta; mientras que a su exmujer le pertenecían otras plazas de aparcamiento, otra vivienda, y otros depósitos, cuentas y un plan de pensiones.

   Ante estos datos, el magistrado considera "ineludible" la "necesidad" de proseguir la investigación del patrimonio de Crespo y, además, extenderla al patrimonio de su exmujer y al de sus hijos con el fin de averiguar si el dinero procedente de los hechos penalmente relevantes objeto de la investigación pudo ser desviado en beneficio de éstos o, en su caso, descartar esta eventualidad.

   No obstante, Ríos ha matizado que estas diligencias no suponen "procedimientos cuasi inquisitivos rechazables por todos" o una inquisición general contra ciudadanos. Por el contrario, puesto que lo que se acuerda es complementar la investigación patrimonial de los imputados sin que se atribuya a ninguno de sus familiares más allegados de los mismos participación alguna en los delitos investigados, y sin que se adopte tampoco medida alguna de carácter cautelar respecto a su patrimonio.