El juzgado anula la declaración de ruina legal de las viviendas de Heliodoro Madrona de Alicante

Actualizado: miércoles, 11 abril 2012 21:25

ALICANTE, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante ha anulado la resolución emitida en abril de 2010 por el Ayuntamiento de Alicante, que declaraba en ruina legal el conjunto de 36 viviendas integradas en el barrio Heliodoro Madrona de Alicante, según recoge la sentencia.

Esquerra Unida y uno de los arrendatarios afectados presentaron una demanda en la que pedían al Ayuntamiento de Alicante y a la Autoridad Portuaria de Alicante (APA) --ésta última propietaria de los edificios-- la nulidad de esta resolución, "por no ser conforme a derecho", y además reclamaban que se declarase la obligación del APA de rehabilitar los inmuebles.

El arrendatario particular en concreto argumentaba en su demanda que la declaración de ruina legal comprendía 34 viviendas de forma unitaria, y con ello "confundía el concepto de unidad predial".

En una unidad predial, todos los elementos arquitectónicos, estructural o funcionalmente se encuentran relacionados y forman un cuerpo constructivo único, de modo que la declaración de ruina se extiende a toda la edificación, con independencia de que el estado ruinoso se presente en toda la obra construido o solamente en parte de ella, según recuerda la sentencia.

En este caso, el magistrado-juez entiende que las viviendas afectadas sí tienen autonomía estructural y no conforman una unidad predial, y por ello estima el recurso y deja sin efecto la resolución recurrida, sin entrar a analizar el resto de los motivos de oposición que aducían los demandantes.

Además, apunta que la presencia de determinadas deficiencias en algunos de las viviendas del grupo exigirían el inicio independiente de expedientes de declaración de ruina parcial.

Sobre la obligación de rehabilitar los inmuebles por parte del propietario, la sentencia, no obstante, puntualiza que la existencia o no de esta obligación "afecta en su caso a cada uno de los arrendatarios de las viviendas localizadas en la calle Heliodoro Madrona de Alicante con el propietario de las mismas".

Ante esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 15 días desde su notificación, para su resolución por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).