Quart niega trato de favor a ninguna empresa en la contratación de la iluminación navideña de 2007

Europa Press C. Valenciana
Actualizado: jueves, 5 noviembre 2009 20:42

VALENCIA 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Quart de Poblet (Valencia) negó hoy haber tenido "en ningún momento trato de favor alguno" con las empresas que participaron en el proceso de contratación de la iluminación pública navideña para la Navidad 2007/2008 y afirmó que ignora "si tienen o no vinculación entre ellas porque, a efectos legales, se trata de mercantiles totalmente distintas que operan con un CIF diferente".

Así lo indicó en relación con las críticas realizadas desde el PP sobre las "presuntas irregularidades" en la contratación de esta iluminación por parte del consistorio, cuya alcaldesa, Carmen Martínez, es secretaria provincial del PSPV.

La concejala de Comercio y Consumo, María Cruz Abellán, señaló en un comunicado que el consistorio emprenderá acciones legales "contra quienes recurran a la mentira, a la manipulación y a la difamación para cuestionar la gestión municipal", y explicó los términos en los que se llevó a cabo la contratación de este servicio.

Según señaló, la ley vigente en el momento en que se produjo la contratación fue el Real Decreto Legislativo 2/2000, que en el artículo 182 i) establece que podrá utilizarse "el procedimiento negociado sin publicidad previa cuando sean bienes de cuantía inferior a 30.050,61 euros". En este caso, especificó que el contrato era inferior a ese importe (26.000 euros IVA incluido) "y, por tanto, el procedimiento adecuado sería el de negociado sin publicidad" y no el de concurso.

En este caso, precisó que se solicitó presupuesto a tres empresas "distintas, con CIF, domicilio social y nombre diferentes, según establecía el artículo 92.1 de la ley" y añadió que "lo único que faltaba en el expediente, y así se lo hizo saber la Intervención municipal al técnico responsable del departamento de Comercio y Consumo, era el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas, según dispone el artículo 67 de la citada ley".

Sin embargo, indicó que el funcionario, "que no forma parte ya de la plantilla municipal, tramitó el expediente por error como contrato menor, en el que no se requiere la documentación antes citada". Esta persona, según la edil, fue "apercibida" y "se subsanó esa deficiencia en las campañas sucesivas".

"El resto de grupos municipales, de forma especial el grupo municipal popular, conocía este expediente y no formuló denuncia alguna ante la autoridad judicial competente, a pesar de que afirmó públicamente en noviembre de 2008 que lo había puesto en manos de sus asesores jurídicos, porque no hubo ninguna irregularidad, se trató simplemente de un error de tramitación", subrayó.

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