Salvador: "Las entidades financieras tiene dos opciones, ceder sus viviendas o les aplicaremos mecanismos sancionadores"

Actualizado: miércoles, 16 marzo 2016 15:23

VALENCIA, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Consell ha dado su conformidad al anteproyecto de Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana que garantiza el acceso la vivienda como un derecho subjetivo y prevé la posibilidad de expropiar inmuebles a entidades financieras.

Al respecto, la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, María José Salvador, ha destacado que las entidades financieras tiene dos opciones: firmar convenios con la Generalitat y ceder las viviendas o les aplicaremos mecanismos sancionadores".

"Las que no quieran colaborar de manera voluntaria tendrán que colaborar de manera no voluntaria", ha dicho Salvador en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, en la que ha comparecido junto a la vicepresidenta y portavoz, Mónica Oltra, para explicar el anteproyecto de ley.

Esta norma tiene como objetivo "hacer efectivo el derecho a una vivienda asequible, digna y adecuada; dar respuesta a la demanda ciudadana al generar políticas públicas de vivienda y ampliar el parque público", así como "evitar, en la medida de las competencias de la Generalitat, los desahucios de los sectores más desfavorecidos", ha destacado Salvador.

La consellera ha hecho hincapié en el "avance histórico" que supone que el derecho a la vivienda "suba un escalón, gane en jerarquía y lo reconozcamos como derecho subjetivo". Este derecho será exigible ante la administración.

El Consell ha dado su conformidad al anteproyecto de ley y también a que se someta a las consultas de los Colegios Oficiales de Abogados, Diputaciones, Federación Valenciana de Municipios y Provincias y Consejo Asesor de Vivienda, entre otros, para lo que se abrirá un plazo de 30 días para hacer alegaciones. Además, deberá recabar los dictámenes del Consejo Económico y Social y el Consell Jurídic Consultiu. Una vez cumplidos todos estos trámites, el texto se elevará de nuevo al Consell para su aprobación.

Esta ley prevé que la administración actúe para evitar la desocupación de las viviendas de manera injustificada. "No es posible que seamos la tercera autonomía en desahucios y tengamos el 15 por ciento de las viviendas vacías, unas 500.000", ha indicado la consellera del área.

Por ello, ha indicado que se establecerán diferentes registros como el Registro de Viviendas Vacías donde las entidades financieras y los "grandes tenedores", con más de diez viviendas, deberán inscribirlas. De este modo, pretenden conocer el número exacto de inmuebles que tienen.

"No queremos que las entidades financieras pongan a nuestra disposición las viviendas que ellos quieran porque seguro que no serán las mejores que tienen", ha destacado. También se creará el Registro de Oferta y de Demanda donde los particulares podrán inscribir voluntariamente sus inmuebles.

20 MILLONES ANUALES

La norma, que cuenta con una dotación anual de 20 millones de euros, también contempla que la Conselleria desarrolle, en un plazo máximo de dos años, un plan plurianual de rehabilitación y ampliación del parque público, que incluirá también la adaptación de un 10 por ciento de las viviendas para personas con diversidad funcional.

Ante procesos de desahucio de vivienda habitual, por imposibilidad de hacer frente al pago de las cargas hipotecarias o de alquiler, se pondrán en marcha medidas que posibiliten la continuidad en el inmueble, aunque estas medidas como se solapan con la Ley de Segunda Oportunidad estatal, sólo se podrán aplicar cuando acabe su vigencia en mayo de 2017 o se derogue la ley.

Las medidas contemplan que se dé por finalizado el contrato de compraventa y se cree una nueva obligación mediante un alquiler en opción a compra que evite el desahucio de la vivienda habitual de aquellas personas que se encuentran en situación de emergencia social. En estos casos, la Generalitat aplicará un alquiler social durante tres años. Una vez finalizado el plazo se podrá ampliar por dos años más a cargo del inquilino o bien optar a la compra.

EXPROPIACIONES

En el caso de que la entidad financiera se niegue a formalizar un contrato de alquiler en opción a compra y, por tanto la vivienda habitual se quede sin ocupantes, la Generalitat podrá iniciar un procedimiento expropiatorio a la entidad financiera por interés social y necesidad de ocupación, por un plazo máximo de tres años que podrá poner a disposición de sus ocupantes.

Si después de ofrecer las diferentes medidas de fomento incumple su obligación de función social de la vivienda, la administración actuará mediante multas coercitivas cuando la vivienda continúe sin ocupar seis meses después de inscribirlo en el Registro de Viviendas Vacíos. Al respecto, la consellera ha resaltado que "si después de todas las medidas en positivo no hay acuerdo, se aplicarán multas coercitivas y sanciones", que podrán ser graves, con multas de 600 a 3.000 euros, y muy graves, de 3.001 a 30.000 euros.

Respecto al número de beneficiarios de esta ley, desde Conselleria han explicado que, en primer término, serían unos 1.200 --personas que no pueden pagar la hipoteca o el alquiler y no superan el 1,5 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)--. A ellas se sumarían otros beneficiarios por el resto de conceptos contemplados en la norma.

OBSERVATORI DE L'HÀBITAT

Para garantizar el cumplimiento de lo establecido por la ley se creará el Observatori de l'Hàbitat que hará "una constante evaluación y fiscalización" de la norma y permitirá "verificar si hay problemas o deficiencias que podamos modificar para mejorar", ha manifestado María José Salvador.