El TSJ falla a favor del STEPV en el recurso contra la orden de la asignatura

Actualizado: martes, 6 octubre 2009 23:16

VALENCIA, 6 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha fallado a favor del recurso interpuesto por el Sindicat de Treballadors de l'Ensenyament (STEPV) contra la orden del 10 de junio de 2008 sobre la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) en inglés, según informó el sindicato en un comunicado.

Asimismo, comentó que la sentencia declara nula la resolución de 1 de septiembre de 2008 que obligaba al profesorado de inglés a entrar al aula, junto con el profesor titular de Filosofía o Geografía y Historia.

El STEPV indicó que pese a la resolución, habrá más movilizaciones, hasta que la Conselleria de Educación "atienda las demandas sobre los puntos del Manifiesto por la Enseñanza Pública y reabra la negociación".

La sentencia declara nulo el artículo 2 de la orden, apartados 1b, 2, 3 y 4 (que establece la opción B para cursar la materia a través de un trabajo trimestral); el artículo 3 (que establece la obligación de impartir EpC en inglés); el artículo 4 (que legitima la objeción de conciencia); el artículo 5 (sobre la evaluación de la materia); la Disposición Adicional Primera (sobre la extensión de este modelo a otras asignaturas), explicó el sindicato.

Asimismo, comentó que anula el artículo 2 del orden sobre la opción B con el argumento de que "incurre en una ilegalidad puesto que establece dos materias diferentes a las prefijadas en el decreto 112/07 sobre el currículum de secundaria, que define EpC como una sola materia que debe ser impartida por un profesor".

El STEPV explicó que también se argumenta que impartir la asignatura en dos modalidades "sólo es posible para atender al alumnado con necesidades educativas especiales, por tanto, amparar en esta definición cualquier otra actuación dirigida a proteger diferencias u opciones ideológicas y morales es pervertirla e intentar ocultar actuaciones faltas de legitimidad".

"La opción B, además, rompe el carácter de evaluación continua porque el alumnado no conoce todo el currículum y la libertad de cátedra puesto que los órganos de coordinación didáctica no pueden adoptar los libros de texto y otros materiales para el desarrollo de las materias", sostuvo el sindicato.

En cuanto a la obligación de impartir la materia en inglés, la sentencia afirma que la comunidad autónoma "no tiene competencia para establecer que una materia curricular básica y obligatoria se imparta obligatoriamente en una lengua extranjera en todos los centros y para todo el alumnado sin excepción", agregó.

Con esta orden, continuó, "se va más allá de la posibilidad de definir un programa bilingüe o plurilingüe y adquiere la condición de universal, elevando una lengua extranjera a la condición de oficial". En ese sentido, afirmó el sindicato, "el alumnado debería ser evaluado por los conocimientos en la materia pero también en el grado de adquisición del inglés, lo que contradice la LOE y está convirtiendo ilegalmente esta lengua extranjera en oficial o cooficial".

"La sentencia desestima uno a uno los argumentos de la Conselleria de Educación y de la Confederación de Padres de Alumnos de la Comunidad Valenciana (Concapa) que intentan justificar la validez de la norma". La sentencia, afirmó el STEPV, es "clara y contundente y da la razón al sindicato y a las miles de personas que el curso pasado se movilizaron por devolver el sentido común al ámbito educativo".