La vista contra un interno del CIE por apalizar a una policía se repetirá: TSJCV ve ánimo de matar y agravante de género

Archivo - Complejo policial de Zapadores
Archivo - Complejo policial de Zapadores - ROBER SOLSONA - Archivo
Publicado: domingo, 21 mayo 2023 12:13

VALNCIA, 21 May. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado repetir el juicio contra un hombre condenado por lesiones tras dar una paliza casi mortal a una agente de la Policía Nacional en los calabozos del complejo policial de Zapadores (CIE), en Valencia, en abril de 2021, al ver ánimo de matar y la agravante de género no contemplados en la sentencia de primera instancia.

De esta forma, el tribunal ha estimado el recurso interpuesto por la víctima, al que se adhirió la fiscal Susana Gisbert, contra la sentencia dictada por la sección cuarta de la Audiencia de Valencia que condenó al hombre a siete años de prisión por lesiones graves pero no por tentativa de asesinato.

Los hechos se remontan al 13 de abril de 2021, cuando el condenado fue trasladado al complejo policial de Zapadores tras agredir a otra persona por estar haciendo labores de 'aparcacoches' en una zona de la vía pública que reclamaba como propia.

A lo largo de esa noche hubo varios incidentes entre los detenidos en los calabozos. Por la mañana, el condenado no cesaba de gritar, insultar, amenazar y escupir a otros arrestados, así como a los policías de servicio, "haciéndolo con especial saña a las funcionarias mujeres".

Así, decidieron cambiar de celda al condenado, a la que entró una agente de Policía Nacional seguida de cerca por el jefe de equipo. En ese momento el hombre estaba tumbado cubierto con una manta, por lo que la agente, confiada por la momentánea tranquilidad del condenado, accedió sola y fue hasta donde se encontraba el hombre.

Le empujó con el pie y le dijo que le iban a cambiar de celda, pero el hombre no respondía. Así, la agente fue a acercarse para retirarle la manta con la mano, agachándose sobre él, cuando súbita e inesperadamente el condenado se levantó de golpe y le dio un fuerte puñetazo en la cara, lo que la dejó totalmente inconsciente.

La policía cayó de espaldas al suelo y el condenado siguió dándole varios puñetazos, en la cabeza y rostro. En ese momento llegaron dos agentes más para reducir al condenado y también agredió a uno de ellos en la cabeza. Como consecuencia de los golpes que recibió la agente, sufrió traumatismo craneoencefálico y tres fracturas mandibulares y tiene secuelas anatómico funcionales y con perjuicio estético, además de un cuadro de estrés agudo postraumático.

Por estos hechos, el hombre fue condenado por la Audiencia a siete años de cárcel por lesiones graves. Frente a esta condena, la víctima y el ministerio fiscal presentaron un recurso de apelación ante el TSJCV para que se le condenara por un delito de tentativa de asesinato y se le aplicara la circunstancia agravante de género.

El tribunal ha estimado las dos pretensiones, según se desprende de la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press. Respecto a la primera, sostiene que hubo intención de matar en base a diversos elementos probatorios como el hecho del proceder alevoso de la agresión, dado que su acción repentina e inesperada, con un golpe en la cara a la agente, le hizo perder el sentido inmediatamente y, a partir de entonces, el condenado dio hasta ocho golpes más de gran contundencia contra su cara.

Además, observa que el condenado no paró de golpear a la víctima hasta que se apercibió de la presencia del compañero de esta, que entraba en la celda; y, asimismo, resalta que la entidad de los golpes sufridos por la policía atacada fueron realmente importantes.

Por ello, sobre este extremo afirma: "Si el acusado golpeó a la policía agredida del modo extremadamente violento como lo hizo y si solo paró de golpearla cuando vio que el segundo policía entraba en la celda, es razonable pensar que, de no haber aparecido este segundo policía, el acusado habría seguido agrediendo a la víctima, aceptando la eventualidad de que de su agresión se derivase la muerte de dicha policía".

"ESPECIAL MALQUERENCIA" A LAS MUJERES

Por otro lado, respecto a la agravante de género, el tribunal lo estima al considerar que el hombre sabía perfectamente que estaba agrediendo a una mujer policía. Al respecto, se refiere por un lado a la "especial malquerencia" del hombre con respecto a las mujeres policías, "a las que estuvo denostando e insultando toda la noche profiriendo frases despectiva para con ellas, tales como le pagaban para follarse a mujeres como ella o que se cagaba en mujeres como ella".

Además, señala que el hombre se dio cuenta de que la persona que entró en la celda era mujer cuando oyó las palabras que esta pronunció, diciendo que le iban a cambiar de habitación. "Y más aún cuando ella recibió el primer golpe y cayó desvanecida. Y le siguió golpeando sin piedad aprovechando su imposibilidad de defenderse", apostilla.

Con todo, el TSJCV ha estimado el recurso de la víctima, al que se adhirió el ministerio público, ha anulado la sentencia dictada por la Audiencia y ha ordenado repetir el juicio contra el condenado con un tribunal diferente.

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