La Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual necesitará una secretaría dotada con 300.000 euros anuales

Actualizado: jueves, 20 febrero 2014 17:19

MADRID, 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno estima que la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual necesitará una secretaría con la que apoyar las funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control que previsiblemente asumirá, y que supondrá un incremento en el gasto de este órgano.

Este órgano administrativo supondría un apoyo para la realización de las tareas de estudio preparación y propuesta, así como otras tareas de la Sección Primera, según señala la memoria de análisis de impacto normativo del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual a la que ha tenido acceso Europa Press.

Asimismo, estima que el gasto anual de esta secretaría sería de 334.347 euros y estaría compuesta por un vocal asesor que asumiría el cargo de secretario de la Sección Primera, dos consejeros técnicos, un técnico superior y un administrativo.

La Sección Primera estará compuesta por cuatro miembros y según se estima, su coste estará determinado por las dietas con las que se remunera a cada uno de ellos por las sesiones que se celebren en el ejercicio de sus funciones. La cuantía oscilaría entre los 300 y 400 euros por sesión.

Entre las funciones que recaen sobre la Sección Primera destacan la determinación de tarifas en caso de negociaciones infructuosas entre usuarios y titulares de derechos de remuneración, dictar resoluciones actualizando o desarrollando la metodología para la determinación de las tarifas generales o la función de control de tarifas generales.

En la memoria se argumenta que aunque estas nuevas funciones suponen un nuevo incremento en el gasto, el impacto presupuestario se verá reducido porque el propio texto prevé la financiación de la principal función nueva a desarrollar, la determinación de tarifas en caso de conflicto, a través de una tasa.

El texto destaca el "impacto presupuestario positivo" que tiene la determinación de estas tarifas y destaca que la resolución de conflictos relativos a las tarifas resolvería negociaciones bloqueadas cuyo efecto directo será el flujo monetario derivado del pago de las tarifas, y que en todo caso, se encuentra sujeto a la legislación tributaria.

De esta forma, prevé que la resolución de controversias en la determinación de tarifas conllevará una mayor celeridad en el pago, y por tanto tendrá efectos en la recaudación tributaria al efecto.

La principal alternativa considerada para modificar la Ley de Propiedad Intelectual fue el Real Decreto-ley, pero finalmente se presentó un anteproyecto de reforma de ley que ya ha sido aprobado y que iniciará próximamente su trámite parlamentario.