Dopaje.- Mañana entra en vigor la 'Ley Antidopaje', que prevé penas de cárcel de hasta dos años para los inductores

Actualizado: jueves, 22 febrero 2007 18:33

El nuevo texto castigará al entorno del deportista y prevé controles por sorpresa

MADRID, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

Mañana entrará en vigor la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte, la conocida como 'Ley Antidopaje', aprobada por amplia mayoría, salvo por el PNV, en el Congreso de los Diputados a principios de noviembre, al cumplirse tres meses hoy de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El pasado 2 de noviembre el Pleno del Congreso de los Diputados votó favorablemente el texto de la nueva ley, impulsada por el secretario de Estado para el Deporte, Jaime Lissavetzky, y que contó con 302 apoyos, 7 abstenciones y uno solo en contra.

Esta legislación cumple con la máxima del gobierno, la 'tolerancia cero' contra el dopaje, y permitirá a España, que será la sede el próximo año de la III Conferencia Mundial contra el dopaje, liderar la lucha contra esta lacra en el deporte profesional.

Jaime Lissavetzky se mostró orgulloso por la aprobación del texto porque, según él, se llenan las "lagunas existentes" en la legislación española, que ha supuesto la reforma del Código Penal y de las leyes de Seguridad Ciudadana, del Deporte y de lo Contencioso-administrativo.

"Esta ley supone un avance para los deportistas porque se impide algo obsoleto y que atentaba contra su dignidad, y es que se tomen muestras en la franja horaria nocturna, y se crea una fórmula arbitral para que el deportista tenga una mejor defensa", manifestó tras la aprobación en la cámara baja.

PENAS DE SEIS MESES A DOS AÑOS DE CÁRCEL.

La nueva Ley Orgánica prevé penas de prisión de seis meses a dos años para quienes promuevan el consumo de sustancias prohibidas. Además, establece la creación de una Agencia Española Antidopaje y la regularización de controles por sorpresa fuera de la competición.

El Gobierno aprobó el 17 de marzo de 2006 este proyecto de ley en el que están implicados cuatro ministerios (Educación, Justicia, Sanidad y Consumo e Interior). Esta ley servirá para armonizar la legislación española con la internacional y supone la modificación de la Ley del Deporte, la Ley de lo Contencioso Administrativo, la Ley del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana.

Así, en el Código Penal se introduce el artículo 361 bis por el que "serán castigados con penas de prisión de seis meses a dos años los que sin justificación médica prescriban, proporcionen, dispensen, suministren, administren, ofrezcan o faciliten a deportistas que participen en competiciones organizadas en España por entidades deportivas, sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, así como métodos no reglamentarios, destinados a aumentar artificialmente sus capacidades físicas o a modificar los resultados de las competiciones, que por su contenido, reiteración de la ingesta u otras circunstancias concurrentes, pongan en peligro la vida o la salud de los mismos".

No obstante, el texto no establece castigo penal para los deportistas. Además, a efectos prácticos, este artículo no significará la estancia en prisión de los inductores al dopaje porque el Código Penal sólo prevé el arresto carcelario para los condenados a más de dos años.

El pasado 3 de octubre, el Senado aprobó por unanimidad una enmienda transaccional, que es la única modificación al texto original y en la que se alude a la participación en la Agencia Estatal Antidopaje de los representantes de las Comunidades que cuenten con agencias autonómicas.