Economía/Finanzas.- UCE reclama a bancos y cajas que eliminen las restricciones de retirada de efectivo y horarios

Actualizado: viernes, 15 febrero 2008 14:40

MADRID, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Unión de Consumidores y Usuarios (UCE) denunció hoy "el maltrato y acoso" que bancos y cajas dispensan a sus clientes, por lo que les reclamó que eliminen tanto las restricciones a la retirada de efectivo por importe inferior a 600 euros, como las limitaciones de horarios para realizar el pago de recibos corrientes como la luz o el agua.

La UCE subrayó que los usuarios encuentran restricciones para retirar efectivo de sus propias cuentas bancarias cuando las cantidades son inferiores a los 600 euros, ya que los empleados se niegan a realizar esta operación e indican al usuario que debe dirigirse al cajero automático para realizarla.

En este sentido, la organización denunció que "se trata de una medida especialmente perjudicial" para el usuario, porque se le obliga a disponer de una tarjeta de crédito, con el consiguiente pago de comisiones por uso, y porque muchos usuarios, sobre todo las personas mayores, desconocen el funcionamiento de los cajeros automáticos.

"Aunque las entidades bancarias afirman que se trata de algo voluntario, la realidad es bien distinta, ya que en estos casos se niegan a atender en ventanilla", dijo UCE, que anima a presentar reclamaciones ante las entidades.

En lo que se refiere a la restricción del horario los bancos y cajas, la UCE incidió en que sólo aceptan el pago de recibos en ventanilla en determinados días y horas, dentro de la jornada laboral, con el objetivo final de forzar a los clientes a domiciliar dichos pagos.

"En ambos casos nos encontramos ante una práctica abusiva, en la medida que supone una modificación unilateral de las condiciones del contrato, que se imponen al cliente sin su consentimiento", resaltó la asociación.

La UCE destacó que ante una modificación de condiciones de esta naturaleza, la entidad financiera debe notificarla al cliente para requerir su consentimiento, y si este acepta, redactar un nuevo contrato donde consten expresamente las nuevas condiciones.

Si el cliente no aceptara, agregó, la entidad no puede imponer unilateralmente las nuevas condiciones y deberá optar entre mantener las anteriores o resolver el contrato.