Economía.- Competencia multa con 20 millones a ALTC, Cotraport y al Puerto de Barcelona por un cártel de contenedores

Amplicación De La Terminal De Contenedores De TCB En El Puerto De Barcelona
TCB

BARCELONA, 14 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto multas por un importe total de 20 millones de euros a la Asociación Logística de Transporte de Contenedores (ALTC), a Cotraport y al Puerto de Barcelona por participar en un cártel de transporte de contenedores por carretera.

Las multas ascienden a 15,2 millones de euros para ALTC, a 5,2 para Cotraport y a 100.000 euros para el Puerto de Barcelona, según informó la CNC.

La sanción deriva del expediente sancionador que Competencia abrió en junio de 2011 ante "posibles conductas anticompetitivas" realizadas en el sector de transporte de contenedores por carretera con origen o destino en las instalaciones portuarias, tras llevar a cabo inspecciones en las respectivas sedes el 23 de marzo.

Según la resolución dictada el pasado 10 de enero, el consejo de la CNC considera acreditado un acuerdo de fijación de precios y condiciones comerciales (como plazos y formas de pago), de control de la producción y de reparto de mercado en el transporte por carretera de contenedores con origen o destino en el Puerto de Barcelona entre enero de 2006 y marzo de 2011.

En un comunicado, Competencia indica que se trata de un cártel fruto del acuerdo entre ALTC y la Asociación de Autopatronos y Empresarios de Transportes de Contenedores y Afines por Carretera de la Provincia de Barcelona (Transcont) --a la que posteriormente sucedió Cotraport-- para elaborar conjuntamente una tarifa para fijar los precios, la forma y el plazo de pago, así como los 'rappels' del transporte de contenedores por carretera en el Puerto.

CAMIONES CON DISTINTIVOS.

Para controlar la oferta, las dos asociaciones tenían censos de camiones, y los que obtenían la autorización para operar en las instalaciones portuarias tenían que llevar en una zona visible un distintivo que les identificaba como miembros de ALTC o de Transcont.

Para no competir entre los transportistas, ya fuesen autónomos o empresas, se fijaban las condiciones del servicio a los clientes finales, para lo que ambas asociaciones elaboraron un observatorio de costes con un listado de precios estructurado en función de unos tramos kilométricos y de otras variables.

Además de su fijación inicial, se pactaban los aumentos de estas tarifas --en base al IPC o el incremento del precio del combustible--, que se remitían a los intermediarios de los clientes finales, como los consignatarios, transitarios o agentes de aduana.

La CNC ha considerado que este cártel integrado por autónomos y empresas ha alterado las condiciones de competencia entre los autónomos para ofertar sus servicios a las empresas de transportistas, la competencia entre autónomos y empresas de transporte para captar empresas finales y la competencia entre las empresas de transporte.

En cuanto a la responsabilidad de la APB, la CNC cree acreditado que "al menos desde 2007 participaba en la organización y operativa del observatorio de costes", primero subcontratando el servicio y, más tarde y de forma interna, elaboraba los documentos para calcular el coste del transporte, y ha añadido que su presencia consta en gran parte de los contactos entre ALTC y Transcont.

La resolución del consejo de la CNC ha recordado que esta conducta ya se acreditó en la resolución del 1 de abril de 2008, y que ha sido confirmada por la Audiencia Nacional en las sentencias del 19 de enero de 2012 y 17 de octubre de 2012.